Bono Vacacional de $20.000: cómo tramitar el beneficio al turismo

Sociedad 14 de octubre de 2020 Por El Objetivo
Se trata de un bono electrónico de una sola vez por hasta $20.000 que se otorga por grupo familiar. Empieza a regir a partir de enero de 2021.
Turismo-Cba
El bono busca busca apuntalar al turismo Foto: archivo

El Gobierno Nacional reglamentó la ley 27.563 en la que se incluye el Bono Fiscal Vacacional, medida que intenta estimular la actividad turística al otorgar $20.000 por grupo familiar que no reciba más de cuatro Salarios Mínimos ($67.500) para vacacionar durante todo el año 2021.

Según especifica el decreto reglamentario, se trata de un bono electrónico de una sola vez por hasta $20.000 que se otorga por grupo familiar. Empieza a regir a partir de enero de 2021.

Cómo tramitarlo

Si bien el formulario todavía no está disponible, se deberá completar vía web y tendrá valor de una declaración jurada ante ese organismo.

 
Que datos se deberán acreditar

  • La composición del grupo familiar
  • Los ingresos mensuales netos totales del grupo que no podrán exceder el equivalente a cuatro veces el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil ($74.700) o el monto que resulte de multiplicar el valor de ese salario por la cantidad de integrantes del grupo familiar, el que resulte menor.
  • Información complementaria que requiera el Ministerio.

 

¿Cómo funciona para los prestadores de Servicio?

  • Los beneficiarios de los bonos solo podrán destinarlos al pago de los servicios comprendidos en la Ley N° 27.563, ofrecidos y prestados dentro del territorio nacional.

El artículo 17° de la Ley los detalla como servicios de alojamiento, servicios de expendio de comidas y bebidas, servicios de agencias de viaje, otras actividades complementarias de apoyo turístico, servicios de transporte aéreo de pasajeros, servicios de transporte automotor turístico y regular (excepto transporte internacional) de pasajeros, servicio de transporte ferroviario interurbano de pasajeros y alquiler de automóviles sin conductor. Pero el texto no abarca a todos los servicios de estos conceptos, sino a aquellos que estén registrados sobre códigos específicos del sector turístico.

  • El importe de los bonos recibidos deberá considerarse como medio de cancelación parcial o total de la obligación por los servicios contratados, sin reducir el monto de los tributos que graven la operación ni ser deducible a los efectos de la determinación del impuesto a las Ganancias, según lo dispuesto.
  • Ese importe será computado mensualmente por las empresas como crédito contra el IVA o bien las contribuciones patronales sobre la nómina salarial con destino a los subsistemas de Seguridad Social.

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