En detalle: las medidas que anunció Fernández para cada zona del país

Sociedad 30 de abril de 2021 Por El Objetivo
De acuerdo a ciertos factores analizados se dividió el país en zonas de bajo, medio y alto riesgo; y una cuarta, de situación de alarma epidemiológica y sanitaria.
Medidas y restricciones sanitarias

El presidente Alberto Fernández explicó que a la hora de hacer el análisis sobre los contagios se identificaron cuatro zonas en el país: de bajo, medio y alto riesgo; y una cuarta, de situación de alarma epidemiológica y sanitaria.

Para hacer esta división se tuvieron en cuenta los siguientes factores: aumento de casos en los últimos 14 días, cantidad de casos sobre población y ocupación de camas.

Para todo el país

  • Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
  • Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas. 
  • Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio

Son aquellas de más de 40.000 habitantes, que tengan entre 50 y 150 casos cada 100.000 HABITANTES.


Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

Para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico

Son aquellas de más de 40.000 habitantes con una incidencia de casos mayor a 150 cada 100 mil habitantes.

  • Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
  • Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.
  • La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
  • Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. 
  • Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs .
  • Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).
  • Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
    para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario.

Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

Zonas de Alerta epidemiológica y sanitaria

  •  Centros comerciales y shoppings.
  • Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados. 
  • Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
  • Restricción en ámbito educativo.
  • se suspenden las clases presenciales y las actividades  educativas no escolares presenciales en los todos los niveles. 
  • Se prohíben los deportes grupales. 
  • Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. 
  • Se cerrará la gastronomía entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery.
  • En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
  • Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
  • El transporte público será solo para esenciales y autorizados.

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