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title: "La Corte Suprema restableció temporalmente las restricciones a la compra de tierras por extranjeros"
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description: "El máximo tribunal dispuso suspender los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros."
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date_published: "2026-10-09T11:01:00-03:00"
date_modified: "2026-10-09T11:10:50-03:00"
author_name: "El Objetivo"
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# La Corte Suprema restableció temporalmente las restricciones a la compra de tierras por extranjeros

![patagonia ley de tierras](/download/multimedia.normal.91ac3a10fa691531.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso suspender los efectos del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que establecía la derogación de la Ley 26.737 de Tierras Rurales. De esta manera, las limitaciones que la normativa imponía a la adquisición de predios rurales por parte de ciudadanos extranjeros vuelven a estar vigentes de manera provisoria.

La decisión fue firmada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. La suspensión se mantendrá hasta que el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud de medida cautelar.

El máximo tribunal consideró que el planteo presentado por la asociación demandante involucra “asuntos concernientes a la tutela del daño ambiental”. Por ese motivo, entendió que era necesario dictar “una medida interina, a fin de asegurar la tutela judicial efectiva, y evitar la producción de daños irreparables”.

**Quiénes impulsaron el pedido ante la Justicia**

El expediente incluye una solicitud de medida cautelar promovida por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades Lafkenche y Lof Fcta Anecon, y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda.

El planteo busca frenar los efectos de la modificación introducida por el DNU 70/2023, firmado por el presidente Javier Milei, que eliminó las restricciones establecidas por la Ley de Tierras Rurales para la adquisición de campos por parte de extranjeros.

Con la resolución, esas limitaciones vuelven a aplicarse mientras se analiza la cuestión de fondo: la validez constitucional del artículo del decreto que derogó la normativa.

![corte suprema](/download/multimedia.normal.806f8ba6c14881e3.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.*

**El voto de los conjueces y la postura de Rosenkrantz**

La resolución se produjo después de que los tres integrantes de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, no alcanzaran la unanimidad necesaria para avanzar con el planteo. Ante esa situación, el tribunal convocó a conjueces para desempatar.

Los magistrados designados fueron Diego Barroetaveña, integrante de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, miembro de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

Ambos cuentan con trayectoria judicial. Barroetaveña integra el Consejo de la Magistratura y es cercano a Rosatti, mientras que Pérez Curci es discípulo de Carlos Mahiques, juez de Casación y padre del actual ministro de Justicia.

En esta oportunidad, Rosenkrantz no adhirió al criterio de sus colegas.

La medida de la Corte tiene carácter provisional y no resuelve todavía la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras Rurales. La vigencia definitiva de la normativa dependerá de cómo avance el proceso judicial.

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