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title: "Ya es ley en Córdoba la emergencia pública sanitaria"
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description: "Entre otras medidas, la norma crea un fondo de atención y prevención por 1200 millones de pesos y declara la adhesión a la emergencia pública nacional. También faculta al Ministerio de Salud de la Provincia para organizar y dirigir el sistema sanitario privado, buscando dar respuestas efectivas."
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  - "Coronavirus"
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  - "Schiaretti"
author_name: "El Objetivo"
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# Ya es ley en Córdoba la emergencia pública sanitaria

![Ley de Emergencia Sanitaria](/download/multimedia.normal.a8abf21ac7f26c7c.4c657920646520456d657267656e6369612053616e6974617269615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Ya es ley en Córdoba la emergencia pública sanitaria*

Este miércoles se aprobó la ley de emergencia pública sanitaria, cuyo proyecto fuera enviado ayer a la Legislatura provincial por el gobernador Juan Schiaretti.

La norma faculta al Ministerio de Salud de Córdoba para que dirija y organice el sistema sanitario provincial, público y privado, con el objeto de lograr una respuesta integral y efectiva a la presente situación de emergencia, mediante las acciones de contención, derivación y tratamiento, entre otras, que dicha cartera disponga.

Para ello, establece la creación del Fondo para Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas, integrado por 1.200 millones de pesos y por las demás sumas que se le asignen, cuya finalidad prioritaria será solventar las acciones que requiera la atención de la actual emergencia sanitaria.

![Ley de Emergencia Sanitaria 1](http://elobjetivo.com.ar/download/multimedia.normal.93451369742b7622.4c657920646520456d657267656e6369612053616e69746172696120315f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

La ley especifica que las medidas decididas desde el Ministerio de Salud durante la situación de emergencia serán de acatamiento obligatorio para los prestadores del sector privado y los financiadores del servicio de salud cuyos afiliados sean residentes permanentes en la provincia de Córdoba, como así también por los establecimientos sanitarios dependientes del ámbito municipal y comunal.

Por lo mismo, a partir de esta aprobación se considera falta grave el incumplimiento o cumplimiento parcial o defectuoso de las medidas dispuestas por el Ministerio de Salud, siendo pasibles los infractores de sanciones legales.

La ley dispone también la adhesión de la Provincia de Córdoba a la Emergencia Pública en materia sanitaria declarada por el Estado Nacional en el marco de la ley N° 27.541, artículos 1°, 64 a 85 y concordantes; el decreto N° 486/2002 y el decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/2020; y a las demás normativas que dicte el Gobierno Nacional, con las adecuaciones que resulten pertinentes a la situación provincial.

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