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title: "Nuevo horario de atención supermercados Córdoba"
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description: "La Cámara de Supermercados y Autoservicios de Córdoba con motivo de contribuir con las medidas de emergencia sanitarias generales."
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  - "Cámara de Supermercados y Autoservicios de Córdoba"
  - "Coronavirus en Córdoba"
  - "Horarios de Atención"
author_name: "El Objetivo"
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# Nuevo horario de atención supermercados Córdoba

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*Nuevo horario de atención supermercados Córdoba*

La **Cámara de Supermercados y Autoservicios de Córdoba** con motivo de contribuir con las medidas de emergencia sanitarias generales, a fin de garantizar la provisión de artículos de primera necesidad a la población y proteger a nuestros trabajadores disminuyendo su circulación, establece que:

- A partir del día**lunes 30 de marzo** de 2020 el horario de atención en supermercados y autoservicios de la Provincia de Córdoba será de **08.00 hs. a 19.00 hs**. de lunes a domingo, incluyendo días feriados.

- La franja horaria de **8 a 9 hs. será exclusivamente** reservada para atención de adultos mayores y embarazadas.

*Respetando tal rango horario, los comercios podrán continuar atendiendo en sus días habituales, y seguir con tal usanza aquellas sucursales y/o localidades que tengan por costumbre cerrar sus puertas en horario de la siesta.*

**El ingreso de personas se restringe en:**

- Comercio hasta 300 mt2 de superficie: hasta 30 personas.
- Comercio de 300 mt2 a 500 mt2 de superficie: hasta 50 personas.
- Comercio de 500 mt2 a 750 mt2 de superficie: hasta 75 personas.
- Comercio mayor a 750 mt2 de superficie: desde 75 personas.
- Comercio de 1000 mt2 a 2000 mt2 de superficie: hasta 200 personas.
- Comercio mayor a 2000 mt2 de superficie: desde 200 personas.

**Se quiere y recomienda al público en general:**

- Acudir una (1) persona por grupo familiar.
- No asistir a los comercios a personas que integran el grupo de riesgo (mayores de 60 años, embarazadas, enfermos crónicos).
- Mantener la distancia social. En la cola de espera entre 1 m y 1 ½ m entre personas.

*Tal medida estará vigente mientras continúe la situación de excepción dispuesta por el DEDNU2020/297 y podrá ser revisado en función de las nuevas disposiciones que el Poder Ejecutivo Nacional y/o Provincial establezcan.*

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