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title: "El cambio en Ganancias comienza a regir con los salarios de este mes"
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description: "La Administración Federal de Ingresos Públicos reglamentó la decisión del Gobierno nacional de elevar el mínimo no imponible para que quienes perciban una remuneración bruta mensual de hasta $ 175.000 no paguen el impuesto."
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  - "AFIP"
  - "Impuestp a las Ganancias"
author_name: "El Objetivo"
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# El cambio en Ganancias comienza a regir con los salarios de este mes

![impuesto_ganancias](/download/multimedia.normal.a6b04fbf6be44066.696d70756573746f5f67616e616e636961735f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*El cambio en Ganancias comienza a regir con los salarios de este mes*

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el incremento del nivel de ingresos salariales a partir del cual las trabajadoras y los trabajadores empiezan a pagar Impuesto a las Ganancias, y la modificación comenzará a regir con los salarios de septiembre que se pagan en octubre próximo.

De esta forma, quienes perciban una remuneración bruta mensual de hasta $ 175.000 no se verán alcanzados por el tributo, medida que beneficia a más de 1.200.000 personas.

La normativa también excluye del cálculo del impuesto al pago del Salario Anual Complementario que se abona en diciembre.

“La modificación en el Impuesto a las Ganancias es una herramienta que apuntala la recuperación del poder de compra de los salarios de las trabajadoras y los trabajadores”, sostuvo la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

**“La modificación en el Impuesto a las Ganancias apuntala la recuperación del poder de compra de los salarios de las trabajadoras y los trabajadores”**

**Mercedes Marco del Pont**

Destacó que “los cambios se suman a las distintas medidas impulsadas por el Gobierno para fortalecer el proceso de recuperación económica”.

**La Resolución General 5076/2021 de la AFIP**, que se publicará en el Boletín Oficial las próximas horas, reglamenta el decreto 620/2021 que actualizó los valores de la deducción especial “para promover que el Impuesto a las Ganancias no neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumida por el Gobierno en orden a dar sostenibilidad al poder adquisitivo de los salarios y fortalecer la demanda interna”, indicó el organismo.

![Impuestos a las ganancias](http://elobjetivo.com.ar/download/multimedia.normal.a3479f2edf76fa5e.496d70756573746f732061206c61732067616e616e63696173205f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

Quienes perciban una remuneración bruta mensual de hasta $ 175.000 no se verán alcanzados por el tributo.

De acuerdo con la normativa de la AFIP, cuando un empleador o empleadora hubiera realizado la liquidación de los haberes devengados en septiembre con anterioridad al dictado de la normativa, la devolución del saldo a favor del trabajador o la trabajadora deberá realizarse en el primer pago que se le realice.

La normativa también contempla que las personas con remuneraciones mensuales entre $175.000 y $203.000 brutos afronten una menor carga tributaria.

La medida también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a las trabajadoras y los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del segundo semestre no supere los $ 175.000.

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