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# Impuesto a las Ganancias: ¿Cómo afectará a los trabajadores el nuevo decreto de Javier Milei?

![Impuestos a las ganancias](/download/multimedia.normal.a3479f2edf76fa5e.496d70756573746f732061206c61732067616e616e63696173205f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Impuesto a las Ganancias: ¿Cómo afectará a los trabajadores el nuevo decreto de Javier Milei?*

El Presidente Javier Milei firmó el decreto que cambia el impuesto a las Ganancias del Paquete Fiscal. Una de las medidas pendientes, tras la aprobación de las normas para la moratoria, el blanqueo y Bienes Personales.

De acuerdo a las fuentes oficiales, el decreto se espera a publicar este lunes en el Boletín Oficial y mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros, aproximadamente $1,5 millón netos; y $2,2 millones para personas con dos hijos, unos $1,95 netos.

Anteriormente el mínimo no imponible era el equivalente de 15 salarios mínimos ($234.315,12) de lo que serían $3,5 millones brutos desde julio.

La misma comenzaría a regir en julio y se vería reflejado en los sueldos de agosto. A su vez, la CGT había solicitado que se hiciera una actualización del piso. El proyecto original había sido redactado "hace 5 meses y no puede seguir siendo lo mismo, porque en el medio hubo 60% de inflación", señalaba Héctor Daer, el co-secretario de la CGT, tras su reunión con los sindicalistas en Gobierno.

En esa línea, la actualización del mínimo no imponible será de forma trimestral durante este año, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Con esta medida, aproximadamente un millón de trabajadores que hasta ahora estaban exentos de Ganancias, como bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros, aceiteros o personal jerárquico; y que ahora comenzarán a pagar el impuesto en alícuotas de entre el 5% al 35%.

Los nuevos valores a pagar arrancan en (aproximadamente) $3000 mensuales hasta los $60.000 mensuales para los que hoy estaban exentos, y superaran los $100.000 mensuales quienes ganan más de $2.500.000 brutos.

Cabe destacar que los pagos que reciban los trabajadores como: horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.

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