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title: "El Gobierno autoriza toma de deuda por US$5.000 millones y cede jurisdicción a favor de Nueva York"
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description: "La medida busca reducir el costo de financiamiento del Tesoro mediante préstamos con entidades financieras internacionales."
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date_published: "2026-06-22T10:10:00-03:00"
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tags:
  - "deuda pública"
  - "financiamiento"
  - "Gobierno nacional"
  - "Nueva York"
author_name: "El Objetivo"
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category_name: "Mercado"
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# El Gobierno autoriza toma de deuda por US$5.000 millones y cede jurisdicción a favor de Nueva York

![milei caputo](/download/multimedia.normal.99565a5102c59bf4.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*milei caputo. Foto: archivo.*

El Gobierno aprobó la realización de operaciones de **toma de deuda pública por hasta US$5.000 millones y cedió jurisdicción a favor de Nueva York**, mediante el Decreto 478/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial.

La medida busca reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional mediante **préstamos con entidades financieras internacionales** que contarán con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito.

El decreto, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo, autoriza al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a incluir cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales federales y estaduales de Nueva York.

Esta autorización implica que la República Argentina**renuncia a oponer la defensa de inmunidad de jurisdicción ante eventuales reclamos producidos en dicha sede judicial** vinculados a estos contratos.

A pesar de la prórroga de jurisdicción, la normativa establece límites para resguardar el patrimonio nacional. El artículo 2 detalla que no habrá renuncia a la inmunidad de ejecución sobre una serie de bienes estratégicos, entre los que se destacan:

- Cualquier reserva o cuenta del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
- Bienes del dominio público situados en territorio argentino.
- Bienes destinados a servicios públicos esenciales o declarados de utilidad pública por el Congreso.
- Activos alcanzados por privilegios diplomáticos y consulares.
- Bienes de carácter militar o bajo control de agencias de defensa y seguridad.
- Bienes que formen parte de la herencia cultural de la Nación.
- Impuestos y regalías adeudadas al Estado Nacional.

El Ministerio de Economía será el encargado de **determinar los plazos, métodos y monedas para estas operaciones**. Asimismo, queda facultado para designar a las instituciones financieras participantes, suscribir acuerdos, pagar comisiones de mercado y contratar agentes fiscales o calificadoras de riesgo.

***Fuente: NA***

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