
Ley de Discapacidad: se aprobó el proyecto con una mayoría abrumadora
El Objetivo
La Cámara de Diputados aprobó hoy con una abrumadora mayoría la nueva ley sobre protección social de la Discapacidad, en el marco de negociaciones que permitieron sumar al peronismo a un acuerdo con La Libertad Avanza y bloques dialoguistas.
De esta manera, se alcanzó la media sanción con 237 votos positivos, 9 negativos y cuatro abstenciones, y la iniciativa fue girada al Senado, donde se espera un tratamiento en el corto plazo.
El dictamen de mayoría, denominado "Ley de Fortalecimiento, Sostenibilidad y Eficiencia Permanente del Sistema de Discapacidad", que el oficialismo acordó con el presidente del bloque de Argentina Federal, Oscar Herrera Ahuad, toma en cuenta prácticamente todo el esquema de beneficios plasmados en la ley 27.793 sobre Discapacidad pero le quita el carácter de emergencia y transitoriedad, convirtiéndola en una norma de orden público, con efectos permanentes, que exceden los gobiernos de turno.
Lo que se mantiene de la ley de emergencia es, por ejemplo, la compatibilidad entre el goce de una pensión contributiva por discapacidad (70% del haber jubilatorio mínimo) para titulares del CUD y tener un empleo formal o monotributo, siempre y cuando los ingresos no superen los dos salarios mínimos vitales y móviles.
Además se mantiene el principio de nomenclador único, se ratifica la indexación automática periódica de los aranceles de las prestaciones por el índice de movilidad jubilatoria (atado al IPC), y se garantiza la cobertura básica de protección médica del Plan Federal Incluir Salud para quienes tengan la pensión por discapacidad.
En cuanto al financiamiento, se establece que la asignación presupuestaria del Ministerio de Salud no podrá ser inferior en términos reales al ejercicio fiscal del año anterior.
Por otro lado, se crea un sistema de auditorías periódicas con cruce de datos de ANSES, ARCA, SINTyS y RENAPER bajo el principio del debido proceso inclusivo.
Y se incorporó a pedido de aliados una cláusula transitoria que exige un cronograma para el pago de las compensaciones atrasadas a prestadores, con un plazo máximo de 30 días para la reglamentación del PEN.
Fuente: Agencia Noticias Argentinas


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