
Máximo y Florencia Kirchner recusaron a jueza de la causa Los Sauces y Hotesur
El Objetivo
Máximo y Florencia Kirchner, hijos de la Vicepresidenta de la Nación, recusaron y pidieron apartar de la causa Los Sauces y Hotesur a la jueza Adriana Pallioti, la única integrante del Tribunal Oral Federal 5 que hace pocos días se opuso a devolver el control de la administración de los bienes al sostener que aún persiste el estado de sospecha por lavado de dinero.
La recusación la presentó el abogado Carlos Beraldi con la intención de apartar del Tribunal a la jueza quien votó en disidencia a lo que decidieron los jueces Adrián Grunberg y Daniel Obligado.
Según el planteo, Pallioti perdió la imparcialidad al hacer su voto por rechazar la devolución de los bienes a la familia Kirchner, al asegurar que los mismos están bajo sospecha de lavado de dinero.
Para la defensa, la jueza perdió la imparcialidad que debe tener como tal al considerar que los bienes podrían estar utilizándose para la comisión de algún delito, en el caso el de lavado de dinero con el alquiler de los hoteles y viviendas de Los Sauces y Hotesur.
La semana pasada por pedido de la defensa de la Vicepresidenta, Obligado y Grunberg decidieron devolver los bienes de ambas causas, pese a que el fiscal Diego Velasco sólo había avalado aquellos comprendidos en la causa Los Sauces, y designan veedores informantes así como imponer la inhibición general de bienes de los dos expedientes y el condominio de Máximo y Florencia Kirchner.
En cambio, Pallioti votó en disidencia porque evaluó es el juicio, aún sin fecha de inicio, “el único escenario para establecer con certeza las consiguientes responsabilidades penales de los imputados y de esa manera definir el destino final del patrimonio cautelado”.
“Las intervenciones judiciales que fueran dispuestas resultan adecuadas, proporcionadas y razonables, teniendo en consideración los objetivos tenidos en miras y el respaldo normativo específico, las que, además, fueron prorrogadas hasta la actualidad por este mismo tribunal”, indicó.
Para la jueza, “la existencia de otras medidas menos gravosas, como podrían ser el embargo o la inhibición de bienes de los acusados o la designación de veedores, no resultan suficientemente abarcativas y eficientes, teniendo en consideración que se tratan de bienes que generan “frutos”, que deben ser resguardados hasta que se defina la situación procesal de las personas involucradas en los hechos objeto de imputación”.
“No puedo soslayar que se tratan de causas de una complejidad excepcional por el entramado societario presuntamente pergeñado, ex funcionarios públicos implicados, cantidades de inmuebles comprometidos, etc. que requieren, necesariamente, de medidas de preservación de los activos de la misma naturaleza”, concluyó la magistrada en su voto minoritario.
Fuente: NA


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