Sociedad Por: El Objetivo01 de octubre de 2020

El Gobierno oficializó las mejoras salariales para las Fuerzas Armadas y de Seguridad

A través del Decreto 780/2020 se fijaron los nuevos montos de los haberes mensuales a partir del 1 de octubre para el personal militar.

El Gobierno oficializó las mejoras salariales para las Fuerzas Armadas y de Seguridad

El Gobierno nacional oficializó hoy mejoras salariales para las Fuerzas Armadas y de Seguridad al incorporar a los haberes mensuales de los efectivos los suplementos que ya cobraban pero que no formaban parte del salario básico, por lo cual no eran sumas remunerativas ni bonificables. Las modificaciones ya habían sido adelantadas semanas atrás por el presidente Alberto Fernández.

A través del Decreto 780/2020 del Ministerio de Defensa, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Ejecutivo fijó los nuevos montos de los haberes mensuales a partir del 1 de octubre para el personal militar.

Asimismo, derogó el “Suplemento por responsabilidad jerárquica” y el “Suplemento por administración del material”, los cuales pasan a incorporarse al haber mensual del personal de las Fuerzas Armadas.

El pasado 22 de julio, el Presidente había adelantado la recomposición salarial del personal militar, al celebrar por primera vez, en su rol de comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, el encuentro de camaradería de los altos mandos del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, en el Edificio Libertador.

“Hemos dispuesto que a partir del 1º de octubre de este año la totalidad de los suplementos no remunerativos que cobra el personal militar pasen a ser cobrados como suplemento remunerativos”, dijo el mandatario en esa oportunidad y expresó que la medida además de “volver a poner las cosas en orden”, pondrá fin “a todas las inequidades que se produjeron en estos tiempos en los salarios militares”.

El decreto conocido hoy lleva también la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro del área, Agustín Rossi.

En los considerandos se destaca que "resulta necesario fijar una escala de haberes que reconozca una adecuada relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad".

Establece además que la fijación de esos importes se efectuó "conforme las pautas establecidas respecto de los fallos de la Corte Suprema de Justicia con relación a que las sumas pagadas al personal en actividad por los suplementos “por responsabilidad jerárquica” y “por administración del material” deben considerarse remunerativas y bonificables y, en consecuencia, incorporarse al “sueldo” de ese personal.

En tanto, a través de la Resolución 344/2020 del Ministerio de Seguridad publicada hoy en el Boletín Oficial -con la firma de la ministra Sabina Frederic- se establece también a partir de ahora el nuevo haber mensual para los efectivos de la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval.

El pasado 18 de septiembre, al participar de un acto en el Hospital Churruca, el Presidente había adelantado que había ordenado "empezar a regularizar los ingresos de oficiales y suboficiales para que, en un tiempo no mayor de 18 meses, todos los ingresos no remunerativos formen parte" del salario.

En el caso de la Gendarmería se fijan los importes correspondientes a los suplementos “por cumplimiento de tareas específicas de seguridad”, “por mayor exigencia del servicio”, “por disponibilidad permanente para el cargo” y “por disponibilidad permanente para la función”, que percibe el personal con estado militar de gendarme en actividad.

Para el caso de la Prefectura, se determinan los importes correspondientes a los suplementos particulares “por cumplimiento de tareas específicas de seguridad”, “por mayor exigencia del servicio”, “por disponibilidad permanente para el cargo” y “por disponibilidad permanente para la función”, que percibe el personal con estado policial en actividad de esa fuerza.

Finalmente, para el caso de la Policía Federal, se fijan los nuevos importes correspondientes "a los suplementos particulares por “Alta Dedicación Operativa”, “Función Técnica de Apoyo”, “Función Policial Operativa”, “Función de Investigaciones” y “Responsabilidad por Cargo o Función”, que percibe el personal con estado policial en actividad y el personal Auxiliar de Seguridad y Defensa de la Policía.

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