Sociedad Por: El Objetivo19 de enero de 2022

Covid-19 en Córdoba: la Provincia dispone nuevas medidas sanitarias

Rigen a partir de este jueves hasta el miércoles 9 de febrero inclusive. Se suman actividades donde se solicitará el pase sanitario. Se actualizan aforos de diferentes actividades.
Covid-19 en Córdoba: la Provincia dispone nuevas medidas sanitarias

El Gobierno de Córdoba publicó en el Boletín Oficial el decreto 36, con las nuevas medidas sanitarias que regirán en todo el territorio provincial a partir del jueves 20 de enero hasta el 9 de febrero inclusive.

Pase Sanitario

A partir de estas nuevas medidas, se incorporan actividades comprendidas con control de pase sanitario. Éstas serán:

  • Actividades deportivas (gimnasios, natatorios y actividades que disponga la Agencia Córdoba Deportes)
  • Bares: con funcionamiento del pase sanitario durante todo el día.

Aforos

Las actividades nocturnas o eventos como boliches, discotecas, bailes y salones de eventos, en espacios abiertos se mantiene el aforo del 70 por ciento, con límite máximo conforme a la superficie del establecimiento y habilitación municipal, bajo control de pase sanitario; y en espacios cerrados, el porcentaje del aforo será de acuerdo a la capacidad del establecimiento habilitado por el municipio:

  • Hasta 1.000 personas: con un aforo de hasta el setenta por ciento.
  • Hasta 2.500 personas: con un aforo de hasta el sesenta por ciento.
  • Hasta 5.000 personas: con un aforo de hasta el cincuenta por ciento.
  • Hasta 10.000 personas: con un aforo de hasta el cuarenta por ciento.
  • Más 10.000 personas: con un aforo de hasta el treinta por ciento.

Por su parte, locales gastronómicos y bares, tendrán un aforo de hasta el ochenta por ciento en el interior y del cien por ciento en espacios abiertos.

En cuanto a las reuniones sociales y familiares a realizarse en espacios comunitarios (quinchos y/o salones de uso común, etc.), tendrán hasta el ochenta por ciento del aforo habilitado, siempre con los cuidados pertinentes como la ventilación cruzada en ambientes cerrados.

Cabe mencionar que el horario de funcionamiento de estas actividades podrá extenderse hasta las tres horas (3:00), y se restringe la circulación de personas entre las cuatro horas (4:00 hs.) y las seis horas (6:00 hs.) de cada día, exceptuando a quienes se encuentren debidamente autorizados para realizar.

Por último, se reitera que es necesario continuar con las medidas de prevención para evitar o reducir los contagios: uso adecuado del barbijo, en ambientes cerrados y abiertos, mantener la distancia física, optar por espacios ventilados o al aire libre y fundamentalmente, evitar la exposición a múltiples reuniones sociales. Y en caso de ser contacto estrecho o tener síntomas permanecer aislados.

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