Argentina sancionó petrolera israelí por operar en Malvinas
Es por sus actividades comerciales vinculadas a la exploración de hidrocarburos en la plataforma continental argentina, en la Cuenca de Malvinas Norte, encuadrado en el proyecto “Sea Lion” que se lleva adelante con licencias ilegales de las autoridades ilegítimas de las Islas Malvinas.
El Secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, Guillermo Carmona, y el Secretario de Energía, Darío Martínez, anunciaron el dictado de la resolución que inhabilita a la empresa Navitas Petrolem LP, empresa de origen israelí dedicada a la exploración y explotación de hidrocarburos, por sus actividades comerciales vinculadas a la exploración de hidrocarburos en la plataforma continental argentina, en la Cuenca de Malvinas Norte, encuadrado en el proyecto “Sea Lion” que se lleva adelante con licencias ilegales de las autoridades ilegítimas de las Islas Malvinas.
La ley 26.659 establece las condiciones para la exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina, entre las cuales se encuentra la obligatoriedad de obtener permisos previos a la realización de dichas actividades, sancionándose su incumplimiento con la inhabilitación a realizar dichas actividades por un período que va desde los 5 a 20 años, entre otras penalidades. Asimismo, la referida ley prohíbe “Tener participación directa o indirecta en personas jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina sin haber obtenido la habilitación pertinente emitida por autoridad competente argentina, o que presten servicios para dichos desarrollos”
Durante el año 2020 el gobierno nacional remitió sendas notas de desaliento a las empresas involucradas, en las que se les recordaba, por una parte, que las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes forman parte integrante del territorio nacional argentino; y, por la otra, se le ponía al corriente de las disposiciones establecidas en las leyes nacionales 26.659 y 26.915 respecto de la realización de actividades sin la correspondiente autorización de las autoridades competentes, invitándolas a abstenerse de financiar o participar de cualquier otra manera en las referidas actividades, haciéndose pasible, de lo contrario, de las acciones legales administrativas y judiciales correspondientes en virtud de la normativa argentina aplicable.
Una vez iniciadas las mencionadas actuaciones administrativas, siguió la notificación a dicha empresas por intermedio de la Cancillería, dando plazo a las mismas para que presenten eventuales descargos en ejercicio de su derecho de defensa. En el ínterin, Harbour Energy se retiró del proyecto definitivamente, no siendo así el caso de , que decidió ir adelante.
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