Mercado Por: El Objetivo07 de enero de 2023

Dólar turista: en 2022 la AFIP realizó devoluciones por más de $12 mil millones

El organismo conducido por Carlos Castagneto realizó el 96% de los desembolsos a partir de agosto, siendo octubre el mes en el que se efectuó la liquidación más importante con $ 5.722 millones.
Dólar turista: en 2022 la AFIP realizó devoluciones por más de $12 mil millones Foto: archivo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó en 2022 devoluciones correspondientes al Impuesto a las Ganancias por $ 12.671 millones, sumando los $ 10.827 millones de capital y los $ 1.844 millones de pesos en concepto de intereses resarcitorios.

El organismo conducido por Carlos Castagneto realizó el 96% de los desembolsos a partir de agosto, siendo octubre el mes en el que se efectuó la liquidación más importante con $ 5.722 millones.

De esta manera, se benefició a 336.691 contribuyentes que habían sido alcanzados por este impuesto por operaciones de compra de moneda extranjera, pasajes y consumos con tarjeta en el exterior del país.

La Resolución General N°4815 estableció un régimen de percepción a cuenta del 45% en concepto de impuesto a las Ganancias y 25% adicional por Bienes Personales – éste último con vigencia a partir de octubre 2022 – para las operaciones de compra de moneda extranjera, pasajes al exterior y consumos con tarjeta fuera del país y a través de plataformas que superen los US$ 300 y del 35% de Ganancias para aquellas que no superen este valor de referencia.

Por otra parte, de acuerdo con Resolución General N°4585, ya se pueden solicitar las devoluciones de las percepciones practicadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022 para los que compraron dólares para atesoramiento o pagaron servicios con tarjetas en el exterior.

Para ello, los contribuyentes deben contar con CUIT, clave fiscal nivel 2 o superior y Domicilio Fiscal Electrónico y efectuar una solicitud por cada mes en el que hayan sufrido las mencionadas percepciones.

Asimismo, aún se puede solicitar el reintegro de las percepciones correspondientes a los periodos 2020 y 2021.

Fuente: NA

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