La Justicia Federal otorgó la medida cautelar a la Provincia para compra de dólares
El Juez ordenó la inaplicabilidad de dicha medida, por lo que el BCRA deberá proveer sin restricción alguna la venta de los dólares necesarios para cubrir la cuota que vence el próximo 10 de junio del corriente.
La Justicia Federal avaló el reclamo de la provincia de Córdoba, y el Banco Central de la Republica Argentina deberá venderle los dólares al precio oficial por el total de la deuda.
El juez Sánchez Freytes hizo lugar al amparo presentado por el Gobierno provincial y en principio la medida solo aplica al vencimiento de este viernes.
De esta forma, el gobierno cordobés podrá hacer frente este viernes a la cancelación de 143 millones de dólares de deuda externa.
Por su parte, el Banco Central dijo que fue notificado del dictado de una resolución cautelar por parte del Juzgado Federal de Córdoba Nº2 por la que se dispuso, previo dictamen de la Fiscalía Federal Nº1 la suspensión de los efectos de la Comunicación A 7782 del BCRA y de sus actos de aplicación, a los fines de que la provincia de Córdoba pueda acceder de manera inmediata al mercado de cambios para la compra de los dólares necesarios, limitado a la cancelación del vencimiento de deuda del 10 de junio próximo.
Asimismo, el BCRA dijo que "atento la naturaleza de la cuestión involucrada el Juzgado se declaró incompetente, ordenando la remisión de las actuaciones a la Corte Suprema por entender que esa es la instancia con competencia originaria".
"El Banco Central procederá a interponer los recursos de ley contra la medida cautelar dispuesta por el Juzgado Federal de Córdoba", adelantó el Central.
En tanto, Córdoba informó que el Juez Federal de 2da Nominación de la ciudad de Córdoba, Alejandro Sánchez Freites, hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Provincia en la acción de amparo iniciada contra el Banco Central de la República Argentina (BCRA) por la resolución que impedía acceder al Mercado Único de Cambio para adquirir los dólares necesarios para afrontar su deuda en moneda extranjera" publicó el Gobierno Cordobés en una gacetilla de prensa.
"El Juez ordenó la inaplicabilidad de dicha medida, por lo que el BCRA deberá proveer sin restricción alguna la venta de los dólares necesarios para cubrir la cuota que vence el próximo 10 de junio del corriente", completó el comunicado.
En tanto el gobernador cordobés, Juan Schiaretti, sostuvo que "La disposición imprevista del BCRA, fue una medida ilegal, antifederal y discriminatoria contra las provincias". "Más aún, cuando aquellos compromisos asumidos en moneda extranjera han sido autorizados oportunamente por el propio Estado nacional. Este tipo de resoluciones generan un notable perjuicio a la seguridad jurídica, nos quita previsibilidad y nos aleja cada vez más de ser un país normal que avanza con certezas", completó.
El Juez hizo lugar así al amparo presentado la semana pasada, un día después de que el Central diera a conocer la nueva reglamentación, y tras una ampliación de la demanda del Gobierno provincial, efectuada este lunes.
La medida del BCRA
El jueves 1ero de junio el Banco Central en su reunión de directorio y con el objetivo de cuidar las reservas había decidido exigir a los gobiernos provinciales que presenten una propuesta al BCRA que contemple una cancelación de hasta el 40% de los vencimientos de capital y que el resto del capital obtenga nuevo financiamiento, como mínimo, con una vida promedio de dos años o que lo cancelen con dólares que las provincias tengan en cuentas propias.
De esta forma el Banco Central obligaba a las provincias y gobiernos locales a cancelar parte de sus pasivos en dólares con moneda extranjera que tengan en cuenta, o deberán gestionarse su propia financiación. La medida, informaban, entraría en vigencia a partir del día siguiente.
Según informaba la autoridad monetaria, esta Esta decisión buscaba seguir avanzando en un proceso de desendeudamiento en moneda extranjera a un ritmo que resulte compatible con las necesidades de divisas de la economía y la estabilidad cambiaria.
Al respecto, la provincia de Córdoba, que era la primera que se veía afectada por el cercano vencimiento de deuda, presentó el amparo fundado en el artículo 43 de la Constitución Nacional y la ley 16.986 al considerar que la Comunicación “A” 7782 va en contra de las garantías constitucionales de la Provincia de Córdoba y sus habitantes y concordantes de la Constitución Nacional.
Justificó la necesidad de frenar la medida a través del amparo (al considerar materialmente imposible suspenderla en sede administrativa) ante el inminente vencimiento de deuda externa por 143 millones de dólares, previsto para este viernes. Se trata de capital e intereses de endeudamiento contraído con acreedores del exterior (la Provincia es emisora de títulos de deuda internacional step up con vencimiento en 2025).
Hoy, el juez Sánchez Freytes falló a favor para el caso particular del próximo vencimiento.
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