Sociedad Por: El Objetivo08 de diciembre de 2024

La Maternidad Provincial incorporó 10 licenciadas en obstetricia

se trata de una profesión con una mirada humanizada y con una creciente demanda en los últimos años, por lo que la Organización Mundial de la Salud recomienda con fuerza su inclusión en los equipos de salud.
Tienen como función principal brindar asistencia y atención durante el embarazo, el parto o el puerperio. Foto: Gobierno de Córdoba

Desde el Gobierno Provincial se informó que la Maternidad Provincial “Juan B. Bustos” incorporó 10 licenciadas en Obstetricia, –comúnmente llamadas parteras– con el objetivo de brindar atención a las personas gestantes, con asistencia en el trabajo de parto, durante el nacimiento y hasta el alta de la madre y el recién nacido.

Es importante mencionar que se trata de una profesión con una mirada humanizada y con una creciente demanda en los últimos años, por lo que la Organización Mundial de la Salud recomienda con fuerza su inclusión en los equipos de salud.

Las especialistas están formadas para detectar anomalías, dando paso a la actuación de los profesionales médicos que se especializan en el manejo de la patología obstétrica.

Esta primera experiencia de inclusión de las obstétricas al equipo de salud busca replicarse en otras maternidades, tanto de capital como del interior provincial.

Al respecto, Daniel Cofone, coordinador de Salud Reproductiva, Niñez y Adolescencia, expresó: “Las obstétricas tienen una formación centrada en lo fisiológico. Abordan el proceso reproductivo desde un análisis del proceso natural de la gestación, con la persona gestante en el centro, junto a su familia y su entorno”.

Sobre la especialidad

Según la ley sobre el ejercicio de las profesiones y actividades relacionadas con la salud humana – Ley N° 6222-, las licenciadas en Obstetricia tienen como función principal brindar asistencia y atención durante el embarazo, el parto o el puerperio normales. 

Además, pueden realizar el diagnóstico del trabajo de parto; disponer la internación de la embarazada en establecimientos de salud; ejecutar medidas de emergencia y urgencia en caso necesario hasta que concurra el especialista; control de puerperio inmediato y promover la lactancia materna.

Con respecto a los controles pre-natales, la función de las obstétricas consiste en indicar e interpretar análisis de laboratorio y todos los métodos auxiliares necesarios de diagnóstico para la detección precoz del riesgo obstétrico o patologías, y su correspondiente derivación a especialistas.

También fomentan acciones de prevención de cáncer genito mamario y enfermedades de transmisión sexual; indican plan de vacunación según normas; extender certificados de gestación, atención, descanso pre y postnatal y nacimiento.

En cuanto a gestión, las obstétricas pueden participar en la definición de las políticas de salud y gestión del área materno infanto-juvenil, participar en la gestión del cuidado materno infantil y de la salud reproductiva y asesorar arbitrajes y peritajes ligados a la profesión.

Por último, en lo referido a la docencia, la ley establece que las obstétricas están habilitadas para planificar, organizar, coordinar y realizar actividades docentes en sus diferentes modalidades, ocupar cargos docentes en la universidad y otras instituciones, como  también dictar cursos de grado y posgrado.

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