Política Por: El Objetivo13 de noviembre de 2025

Presupuesto 2026: prohíben cubrir vacantes públicas por dos años sin autorización de la Jefatura de Gabinete

El Gobierno mantiene la prohibicion de cubrir las vacantes que se hayan generado por renuncias o jubilaciones.
Javier Milei y Luis Caputo confían en tener ley de Presupuesto para el 2026. Foto: NA

La Administración Central, empresas públicas así como organismos descentralizados no podrán tomar, en los próximos dos años,  nuevos empleados públicos para cubrir las vacantes que surjan por renuncias o jubilaciones, y solo lo podrán hacer si lo autoriza la Jefatura de Gabinete.

La prohibición está incluida en el proyecto de Presupuesto 2026 que quiere aprobar el Gobierno en las sesiones extraordinarias, y por el cual el oficialismo busca acuerdos con los mandatarios provinciales para construir las mayorías que permitan sancionar esta clave iniciativa.

A diferencia de los dos primeros años de Gobierno, el oficialismo tendrá en diputados 88 diputados propios y alcanzará unos 110 con sus aliados, pero necesita el respaldo de gobernadores para alcanzar los 129 votos en diputados para habilitar la sanción y la aprobación en general y particular de la ley de leyes.

Por ese motivo, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro del Interior Diego Santilli mantienen todos los días encuentros para conseguir el respaldo de los mandatarios para aprobar el Presupuesto 2026, donde el principal objetivo es que mantenga el superávit fiscal.

Uno de los puntos que se incluyó en el Presupuesto es la prohibición de cubrir cargos vacantes sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros y establece determinadas excepciones.

“Las  jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros”, se señala en el artículo 7 del Presupuesto.

Señala que “las decisiones administrativas que se dicten en tal sentido tendrán vigencia durante el presente ejercicio fiscal y el siguiente para los casos en los que las vacantes autorizadas no hayan podido ser cubiertas”

De todos modos pone excepciones para que si puedan cubrir los cargos de las autoridades superiores de la Administración Pública Nacional; los funcionarios del Cuerpo de Guardaparques Nacionales; los cargos del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud.

También estarán exceptuados  los cargos comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Sistema Federal de Manejo del Fuego;  en la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), ente autárquico actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA; y a los cargos incluidos en el nomenclador de  funciones ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP). (NA)

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