
La Justicia ordenó al Gobierno aplicar la Ley de Financiamiento Universitario y declaró inconstitucional el decreto que la frenaba
El Objetivo
El juez federal Martín Cormick hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) contra el Estado nacional y declaró inconstitucional la cláusula del Decreto 759/2025 que había suspendido la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario.
En consecuencia, el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 ordenó al Poder Ejecutivo poner en marcha de inmediato la normativa.
Qué cuestionó el juez federal
La resolución cuestionó la frase “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley 24.629”, incluida en el decreto mediante el cual el Gobierno promulgó la Ley 27.795.
Ese punto había condicionado la aplicación de la norma a que el Congreso definiera las fuentes de recursos para financiarla e incorporara las partidas correspondientes al presupuesto nacional.
El magistrado sostuvo que el decreto funcionó, en los hechos, como una herramienta para detener la vigencia efectiva de una ley que había sido ratificada por el Congreso después de rechazar un veto presidencial.
El fallo estableció que el Poder Ejecutivo deberá dictar las medidas reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir con la normativa.
Los amparos del CIN y la UBA
La decisión judicial unificó dos expedientes que tramitaban por separado.
Por un lado, se encontraba la acción de amparo colectiva iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional, junto a docentes y distintas instituciones académicas del país.
Por el otro, estaba la demanda presentada de manera individual por la Universidad de Buenos Aires, que describió un escenario de asfixia financiera en sus facultades, colegios preuniversitarios y centros de salud.
Cómo comenzó el conflicto por el financiamiento universitario
El conflicto comenzó a gestarse a mediados de 2025. En agosto de ese año, el Congreso de la Nación sancionó la Ley 27.795, cuyo objetivo central era asegurar la protección y el sostenimiento del financiamiento de la educación superior en todo el territorio argentino.
El Poder Ejecutivo vetó la ley mediante el Decreto 647/2025.
Sin embargo, ambas cámaras del Congreso rechazaron el veto presidencial y ratificaron el texto original con las mayorías agravadas de dos tercios exigidas por la Constitución Nacional.
El decreto que suspendió la ejecución de la ley
Ante la insistencia parlamentaria, el presidente Javier Milei promulgó la ley. Sin embargo, al redactar el Decreto de promulgación 759/2025, el Ejecutivo incorporó una salvedad: estableció que la norma se promulgaba formalmente, pero que su ejecución material quedaba suspendida “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 24.629”.
Ese artículo de la Ley de Administración Financiera establece que toda norma que autorice gastos debe prever expresamente su fuente de financiamiento, bajo apercibimiento de suspender su aplicación hasta que el Congreso incorpore las partidas correspondientes en el presupuesto general.
Ahora, con su resolución, el juez Martín Cormick declaró inconstitucional esa cláusula y ordenó al Poder Ejecutivo avanzar con la implementación de la Ley de Financiamiento Universitario.



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