Chaco prorrogó hasta el 24 de julio la cuarentena estricta

Sociedad 29 de junio de 2020 Por El Objetivo
Lo dispuso el gobernador Jorge Capitanich para las localidades más críticas. Incluye Resistencia, Fontana, Barranqueras, Puerto Vilelas y Sáenz Peña. En los otros municipios, dependerá de las autoridades locales.
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Chaco prorrogó hasta el 24 de julio la cuarentena estricta

El gobernador de Chaco, Jorge Capitanich, firmó este domingo el decreto 756/2020, que establece la extensión del aislamiento social preventivo obligatorio en las localidades críticas hasta el viernes 24 de julio, con medidas que podrán ser modificadas de acuerdo a la vigilancia epidemiológica y los indicadores sanitarios. La regulación en los municipios no críticos dependerá de cada autoridad local. Las medidas entran en vigencia desde este lunes 29 de junio.

El nuevo documento ratifica y prorroga las medidas dispuestas por el Nº 732/2020 y, además, dispone que las restricciones y habilitaciones podrán ser modificadas de acuerdo a los indicadores sanitarios y de seguridad pública.

Los indicadores son los siguientes: tasa de duplicación de días, tasa de contagios, R0, etapas de propagación según método BID, indicadores sintéticos de seguimiento y monitoreo de contactos estrechos y casos positivos confirmados, y la regulación que dicte la Cámara de Diputados respecto al receso administrativo, legislativo y judicial.

La circulación de personas estará permitida únicamente para quienes cuenten con el permiso provincial por actividad exceptuada o para quienes hayan tramitado turnos para realizar alguna actividad o trámite puntual. Los turnos pueden gestionarse a través de la web turnos.chaco.gob.ar.

Además, continúa vigente el operativo Volver a casa. La solicitud de turnos puede realizarse mediante Whatsapp, enviando el mensaje @chaco volveracasa, al número +5491162730000.

Qué medidas se mantienen

Las localidades con máxima restricción de circulación continúan siendo Resistencia, Fontana, Barranqueras, Puerto Vilelas y Saenz Peña. Se mantiene la suspensión de eventos culturales, sociales, deportivos, religiosos y aquéllos que impliquen aglomeración de personas.

Continuarán las restricciones de ingreso y egreso a la provincia con control en los nueve puntos limítrofes provinciales. Se prolonga el asueto administrativo con guardias mínimas, excluyéndose las áreas consideradas críticas o esenciales.

Se mantiene la suspensión del transporte público de pasajeros, interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo en el caso de personal de salud, que seguirán contando con transporte especial, exclusivo y gratuito para quienes se desempeñen en el Hospital Perrando.

En cuanto a la circulación de personas, automotores y motovehículos estarán permitidos sólo para quienes cuenten con permiso provincial de circulación para la realización de las actividades habilitadas y exceptuadas.

Además, se mantendrán sólo cuatro puntos habilitados para el acceso a la ciudad de Resistencia: A. Sarmiento, Ruta Nicolás Avellaneda y Sabín, Ruta 11 y Av. 25 de Mayo y Ruta 11 y Av. Alvear.

En cuanto a la actividad financiera, los bancos de toda la provincia atenderán con turnos preasignados en la página web de cada entidad.

Las actividades comerciales habilitadas de industria y servicios son las siguientes:

- Estaciones de servicio de combustible, supermercados, autoservicios, panaderías, almacenes y farmacias.

- Los taxis y remises, que prestan servicios en el Gran Resistencia, continúan habilitados para circular únicamente con servicio puerta a puerta, de 6 a 18, con no más de dos pasajeros a bordo. Éstos también deberán contar con permisos de circulación o turnos correspondientes.

- Hoteles, hosterías, residenciales y hoteles alojamiento sólo se habilitan para alojamiento de personal médico, aislamiento o servicios esenciales en el contexto de pandemia.

- Fabricación, procesamiento, distribución y comercialización de productos alimenticios y bebibles, de limpieza, higiene personal, hospitalarios y médicos.

- Atención médica, odontológica, laboratorios bioquímicos, ópticas y profesionales de la salud, inclusive kinesiólogos y fisioterapeutas.

- Fabricación y provisión de insumos para distribución y empaque de productos alimenticios, bebidas, perfumerías.

- Servicios de comunicación, audiovisual y de telefonía (con reducción de capacidad instalada).

- Veterinarias y pet shops.

- Obras públicas y privadas autorizadas por municipio local.

- Empresas de seguridad y vigilancia, servicios fúnebres y salas velatorias.

- Servicios técnicos, mantenimiento y administrativo de apoyo de empresas estatales prestadoras de servicios públicos.

- Corralones, venta de materiales de construcción, ferreterías y afines vinculados a la venta de materiales de construcción.

- Actividad agropecuaria y forestal.

- Agencias de lotería.

- Bares, restaurantes: sólo podrán funcionar bajo la modalidad de delivery y/o retiro del local sin permanencia en el mismo hasta las 1.

Por otra parte, las actividades comerciales y de servicio no esenciales funcionarán bajo la modalidad de delivery, en horario de 8 a 20.

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