Ya se pueden cargar las Declaraciones Juradas por Desastre Agropecuario

Sociedad 03 de septiembre de 2020 Por El Objetivo
El Ministerio de Agricultura y Ganadería recepta a través de la plataforma Ciudadano Digital los datos de los productores. Las Agencias Zonales de la cartera facilitarán el trámite.
Incendios - REMEDIACIÓN
Ya se pueden ya se cargan las Declaraciones Juradas por Desastre Agropecuario Foto gentileza prensa

El Ministerio de Agricultura y Ganadería de Córdoba informa que los productores cuyas propiedades se encuentran en las zonas declaradas en estado de Desastre Agropecuario por los incendios ocurridos en el norte provincial y otros puntos del interior, ya pueden cargar los datos de la Declaración Jurada correspondiente.

La confección y presentación de este documento es condición indispensable para la obtención del Certificado de Daños, que posibilita el acceso del damnificado a los beneficios previstos por la ley, en este caso la condonación del pago del Impuesto Inmobiliario Rural por el lapso previsto en el decreto rubricado por el Ejecutivo.

Cabe recordar que el gobernador Juan Schiaretti firmó días atrás el documento que incluye zonas cercanas a Villa Tulumba, Copacabana, Tanti, Taninga, Malagueño, La Calera, El Manzano y Villa Albertina, entre otras. Para la delimitación de las áreas, la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria que coordina la Secretaría de Agricultura utilizó el criterio de polígonos, en el marco de la implementación del Sistema de Información Territorial Cartográfica Digital Georeferenciada.

La carga de los datos se realiza a través de la plataforma Ciudadano Digital Nivel 2 (https://cidi.cba.gov.ar/), y una vez en el sitio ingresando al siguiente link: https://gestionagropecuaria.cba.gov.ar/ En ese ítem, se debe hacer clic en “Productores Autogestión” y allí completar el formulario con todo lo requerido.

Para la obtención del Certificado de Daños, los equipos técnicos del Ministerio de Agricultura y Ganadería realizan el análisis y comprobación de la información suministrada por el productor, y por resolución ministerial se emite dicho documento.

Agentes zonales, facilitadores

Para aquellos damnificados por los incendios que presenten inconvenientes al momento de tener que confeccionar la Declaración Jurada de Daños, el personal de las Agencias Zonales del ministerio con área de influencia en las zonas incendiadas actuará como facilitador.

Una de las principales decisiones en este sentido, es la apertura, por el tiempo que sea necesario, de una oficina de atención zonal en la localidad de Capilla del Monte. En las próximas horas se darán a conocer dirección y contacto del responsable designado, a los fines de que los productores puedan realizar la Declaración Jurada y solucionar cualquier inconveniente.

Además, se dispuso para los próximos días un cronograma de encuentros en distintos puntos de los departamentos afectados, para que los damnificados puedan concurrir sin tener que trasladarse muchos kilómetros de sus viviendas.

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