
El cambio en Ganancias comienza a regir con los salarios de este mes
El Objetivo
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el incremento del nivel de ingresos salariales a partir del cual las trabajadoras y los trabajadores empiezan a pagar Impuesto a las Ganancias, y la modificación comenzará a regir con los salarios de septiembre que se pagan en octubre próximo.
De esta forma, quienes perciban una remuneración bruta mensual de hasta $ 175.000 no se verán alcanzados por el tributo, medida que beneficia a más de 1.200.000 personas.
La normativa también excluye del cálculo del impuesto al pago del Salario Anual Complementario que se abona en diciembre.
“La modificación en el Impuesto a las Ganancias es una herramienta que apuntala la recuperación del poder de compra de los salarios de las trabajadoras y los trabajadores”, sostuvo la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.
“La modificación en el Impuesto a las Ganancias apuntala la recuperación del poder de compra de los salarios de las trabajadoras y los trabajadores”
Mercedes Marco del Pont
Destacó que “los cambios se suman a las distintas medidas impulsadas por el Gobierno para fortalecer el proceso de recuperación económica”.
La Resolución General 5076/2021 de la AFIP, que se publicará en el Boletín Oficial las próximas horas, reglamenta el decreto 620/2021 que actualizó los valores de la deducción especial “para promover que el Impuesto a las Ganancias no neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumida por el Gobierno en orden a dar sostenibilidad al poder adquisitivo de los salarios y fortalecer la demanda interna”, indicó el organismo.

Quienes perciban una remuneración bruta mensual de hasta $ 175.000 no se verán alcanzados por el tributo.
De acuerdo con la normativa de la AFIP, cuando un empleador o empleadora hubiera realizado la liquidación de los haberes devengados en septiembre con anterioridad al dictado de la normativa, la devolución del saldo a favor del trabajador o la trabajadora deberá realizarse en el primer pago que se le realice.
La normativa también contempla que las personas con remuneraciones mensuales entre $175.000 y $203.000 brutos afronten una menor carga tributaria.
La medida también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a las trabajadoras y los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del segundo semestre no supere los $ 175.000.


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