Discapacidad: actualizaron el protocolo Covid-19 en instituciones
La Subsecretaría de Discapacidad, Rehabilitación e Inclusión actualizó el protocolo para el tratamiento ambulatorio de rehabilitación integral de personas con discapacidad, en el contexto de pandemia por Covid-19.
De esta manera, se establecieron los lineamientos generales de organización y funcionamiento en cuanto a la bioseguridad para tratamientos ambulatorios en establecimientos que atienden a este sector de la población.
La modalidad a implementar mantendrá una forma de tratamiento dual, combinando la presencialidad y la tele rehabilitación o tele asistencia, con intenciones de que progresivamente se realice de forma presencial y de acuerdo a la evolución de los protocolos preestablecidos y a la vacunación.
Requisitos para la atención presencial
Para garantizar la continuidad de la atención presencial en estos establecimientos, las personas asistentes tendrán como requisito:
- Presentar a la institución un certificado del médico de cabecera, quien autorizará la incorporación a las actividades educativas y terapéuticas.
- Las personas con discapacidad que sean mayores de 18 años deben presentar el carnet completo del esquema de vacunación Covid-19.
- En niños, niñas y adolescentes de entre 12 a 17 años, se recomienda solicitar esquema de vacunación completo o al menos una dosis de vacuna Covid-19 (14 días desde su aplicación).
Vale destacar que, en relación a la concurrencia, se trabajará con jornada doble, pudiendo realizarse la modalidad de burbujas y/o turnos para la atención de la población. En esta instancia, se acompañará con la apertura del comedor.
Aquellas personas que por su condición de salud no puedan usar barbijos, cubrebocas y/o máscara facial, deberán contemplarse las medidas de bioseguridad aplicada al distanciamiento social.
Al respecto, la subsecretaria de Discapacidad, Rehabilitación e Inclusión de Córdoba, María Teresa Puga, destacó la importancia de contar con el esquema de vacunación y agregó que en esta instancia ya se pueden incorporar los comedores en los establecimientos.
Requisitos para la atención por tele asistencia
En cuanto a la atención por tele asistencia, continuará con el contacto efectivo a través de diferentes medios de comunicación y plataformas virtuales (vía telefónica, videollamadas, entre otras), con el objetivo de asegurar la asistencia de manera remota.
Cabe destacar que las familias podrán optar por la continuidad de la modalidad a distancia, en caso de no desear la reincorporación de su hijo/a a la presencialidad, notificando la decisión a la Dirección de su servicio.
Quienes opten por la incorporación deberán presentar Declaración Jurada establecida en el protocolo.
Para llevar adelante estos procesos de flexibilización establecidos, los municipios y comunas deberán sostener, en el marco de sus competencias, un estricto control sobre las instituciones que contienen a poblaciones vulnerables institucionalizadas como, por ejemplo, las residencias geriátricas, institutos de discapacidad, centros de salud municipales, hogares, residencias de menores y centros de diálisis, entre otros.
Al respecto, la referente concluyó: “La presencialidad refleja una armonía y normalización para las personas con discapacidad; esta actualización del protocolo es buena señal para ir pensando en una pandemia medianamente controlada”.