Barra sobre el DNU: "No hay vuelta atrás, los amparos van a ser derrotados"
El Procurador del Tesoro de la Nación, Rodolfo Barra, afirmó este lunes que "no hay vuelta atrás" para el decreto de desregulación de la economía; consideró que "van a ser derrotados los amparistas" contra la medida por la "jurisprudencia" de la Corte Suprema y planteó que "los legisladores pueden dividirlo en 10 distintas leyes con un contenido 'espejo' o más o menos modificado".
A la vez, recordó que "valen" los contratos que fueron firmados antes de la derogación de la Ley de Alquileres que dispone el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Gobierno nacional.
"Yo creo que van a ser derrotados los amparistas, no tienen razón. Por la propia jurisprudencia de la Corte", dijo el jefe de los abogados del Estado en diálogo con radio Rivadavia.
El funcionario, quien indicó que "hay tres" amparos y que "puede haber más", cuestionó estas acciones y argumentó que "el país está en una situación terrible" y se "necesitan medidas de urgencia".
"Si la impugnación al decreto es que no hay necesidad de urgencia, yo creo que eso se pierde. Por lo que ya ha dicho la Corte y por lo que es de sentido común", señaló el exintegrante del máximo tribunal del país, exministro de Justicia del Gobierno de Carlos Menem y exauditor General de la Nación.
En ese sentido, Barra indicó que "no hay vuelta atrás" al DNU anunciado la semana pasada por el presidente Javier Milei, y "en especial cuando hablamos de esto en Navidad, una fecha de esperanza".
En relación al pedido de un sector de la oposición de dividir el decreto en leyes para que sea tratado por el Congreso, el Procurador del Tesoro señaló que los legisladores "ya lo tienen allí y lo pueden hacer".
"Si quieren, los legisladores pueden dividirlo en 10 distintas leyes aprobando lo que está o con un contenido 'espejo', o más o menos modificado", explicó.
Al ser consultado sobre la vigencia de los contratos firmados con la Ley de Alquileres, Barra sostuvo que "en principio, ese contrato vale".
"Sí, el contrato sí, pero siempre que no se oponga al cambio de régimen. Dice el Código Civil que no se puede invocar derechos adquiridos frente a normas de orden público", agregó.