Con voto desempate, el PJ aprobó los cambios a la ley del juego “online”
En la madrugada de este jueves, la Legislatura de Córdoba aprobó una modificación a la ley del juego online, tras un reñido empate en la votación. El presidente provisorio, Facundo Torres, tuvo que ejercer su voto doble para desempatar, lo que impidió que la oposición lograra abrir el debate sobre la derogación de la ley.
La sesión, que comenzó con tres horas de retraso, estuvo marcada por un clima de tensión y enfrentamientos verbales. A las 20 horas del miércoles, se inició uno de los debates más tumultuosos del año, donde el oficialismo maniobró estratégicamente para asegurar los 35 votos necesarios, a pesar de contar con dos legisladores ausentes.
El PJ aprovechó la ausencia de Leonardo Limia, quien se encontraba en una situación personal, para nombrar a su reemplazante, Carlos Lencinas. Su presencia fue crucial para alcanzar el número necesario de votos y enfrentar la posible derogación de la ley.
Además, el legislador Pablo Ovejeros, que atravesaba un cuadro febril, fue asistido por personal médico y, tras recibir atención, regresó a su banca para respaldar al oficialismo.
A medida que la madrugada avanzaba, la bancada de Hacemos Unidos por Córdoba sintió que su victoria estaba asegurada con el voto desempate, ya que se especulaba que algunos legisladores radicales podrían apoyar la modificación. Finalmente, a las 4:56, la modificación a la ley fue aprobada con el respaldo de 33 legisladores oficialistas, junto con los votos de Karina Bruno (PRO) y Agustín Spaccesi, del partido libertario.
Algunos de los cambios
- Registro de Jugadores: Se establecerá un registro que incluirá datos biométricos para asegurar que ningún menor de edad acceda a los sitios de apuestas legales.
- Regulación de Influencers: La actividad de los influencers, considerados como los principales promotores de las plataformas de apuestas, será controlada para prevenir la promoción del juego ilegal. En caso de infracciones, se podrá presentar una denuncia conforme al artículo 301 bis del Código Penal.
- Prohibición de Publicidad: Se prohibirá la publicidad de empresas no autorizadas. Además, durante las horas de protección al menor, no se permitirá emitir publicidad que fomente el juego. También quedará prohibido publicitar en espacios públicos y eventos donde participen menores.
- Programas de Prevención y Asistencia: Los ministerios de Salud y Educación serán responsables de implementar programas específicos de prevención y asistencia, con financiamiento destinado para tal fin.