
Jueza de Nueva York rechazó el pedido de anular el fallo YPF
El Objetivo
La jueza federal de Nueva York, Loretta Preska, rechazó hoy una presentación realizada por una ONG para dejar sin efecto el pago que obliga al país a pagar US$ 16.000 millones por la expropiación de la petrolera YPF realizada por Cristina Kirchner,
La magistrada consideró que la presentación llegó fuera de tiempo. Y sostuvo que no respetó el plazo de un año que se tenía para hacerlo.
La fundación Republican Action for Argentina había solicitado a la jueza estadounidense que anule el fallo por el que condenó al Estado argentino a pagar 16.100 millones de dólares a las firmas Burford y Eton Park e investigue a los involucrados en la nacionalización de la petrolera argentina YPF.
La presentación fue hecha el pasado 17 de febrero y la jueza del Tribunal del Distrito Sur de Nueva York emitió una orden de vista a las partes involucradas en el juicio.
El director de Research for Traders, Daríos Epstein, dijo que “aquellos que vendieron pescado podrido y embarraron la cancha diciendo que iban a la salvar US$ 16.000 millones, tengan un poco de humildad y llámense a silencio”.
“El tema es serio. No da que lo usen para operar políticamente”, señaló.
En 2023, Preska condenó al Estado argentino por la decisión en 2012 de expropiar a la española Repsol el 51 % de las acciones en YPF sin hacer una oferta pública de adquisición de títulos a otros accionistas minoritarios de la mayor petrolera de Argentina.
El caso se inició en 2015, cuando la firma inglesa Burford Capital y la estadounidense Eton Park impulsaron la demanda tras adquirir los derechos de litigio de dos sociedades constituidas en España y que quebraron: Petersen Energía Inversora y Petersen Energía.
Esas dos sociedades antiguamente habían pertenecido al grupo argentino Petersen -de la familia Eskenazi-, que tenía una participación accionarial del 25 % en YPF al momento de la nacionalización y que no tomó parte del juicio en Nueva York.
Burford y Eton Park reclamaron en el juicio millonarias compensaciones alegando que el Estado argentino debió lanzar una oferta pública de adquisición por el resto de las acciones que no pertenecían a Repsol.
La jueza citó el caso D’Amato versus Deutsche Bank para fundamentar que una intervención presentada más de un año después del inicio del caso no es válida.
Además, citó Restor-A-Dent Dental Lab’ys, Inc. v. Certified Alloy Prods., Inc., estableciendo que el interés del solicitante debe ser directo y no remoto o contingente.


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