Lo multó la Caminera de Córdoba porque su mujer estaba amamantando al bebé en ruta 36: qué dice la ley

Una multa de tránsito aplicada en Córdoba generó controversia nacional luego de que un conductor fuera sancionado mientras su pareja amamantaba a su bebé durante el viaje. El episodio ocurrió en la Ruta 36, a la altura del control de la Policía Caminera, cuando los agentes detuvieron el vehículo y constataron que el niño estaba siendo alimentado fuera de su sistema de retención infantil.
El conductor relató que su bebé se encontraba llorando e irritado, por lo que su pareja decidió alimentarlo. En ese momento, fueron interceptados por un control policial. Según denunció en redes sociales, el efectivo no supo precisar en un primer momento cuál era la infracción exacta y terminó aplicando la multa tras consultar con otro agente.
Desde la Policía Caminera, el jefe del cuerpo, Daniel Bolloli, explicó que la sanción fue legítima y que “no se multó por amamantar, sino por transportar a un menor sin la debida seguridad”. Recordó que el Código de Tránsito de Córdoba prohíbe que los niños menores de 10 años viajen en el asiento delantero o fuera de su butaca reglamentaria, debido al riesgo que implica ante una frenada o accidente.
Especialistas en seguridad vial coincidieron en que, aunque la lactancia es un derecho y debe ser respetado, “nunca debe realizarse con el vehículo en movimiento”, ya que el bebé queda totalmente expuesto en caso de colisión.