La Corte analiza cómo resolver el reclamo de los jueces Bruglia, Bertuzzi y Castelli
El máximo tribunal debe pronunciarse sobre el caso de los tres magistrados cuyos traslados irregulares fueran suspendidos por el Senado de la Nación, luego de que aceptara el recurso de per saltum presentado por los magistrados.
La Corte Suprema de Justicia estudia una salida a los reclamos de los jueces con los traslados suspendidos, Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli, luego de haber aceptado esta semana el recurso de 'per saltum' presentado por los magistrados.
Esta semana, el máximo tribunal declaró "admisible" el pedido de los camaristas Bruglia y Bertuzzi y del juez Castelli, en una decisión que tuvo un alto impacto político porque implicó que los supremos se metieran en la discusión, pero aún no tuvo consecuencias jurídicas o institucionales.
En rigor, los tres jueces se encuentran en una suerte de limbo ya que se suspendió la decisión del Senado hasta tanto el máximo tribunal defina la cuestión de fondo, pero sin volver ni a sus tribunales de origen ni de destino, y en uso de licencia concedida por la misma Corte.
Una de las medidas que surgió del fallo de la Corte que acepta el "salto por instancia" es que el Consejo de la Magistratura y el Procurador interino debían remitir su opinión a la máxima instancia judicial en 48 horas.
El Consejo, que en julio de este año inició el proceso de revisión de todos los traslados efectuados desde 1998 al presente, ratificó su decisión y señaló, con la firma del presidente del cuerpo, el juez civil Alberto Lugones, que para los tres jueces del conflicto "no se ha completado el procedimiento constitucional complejo previsto en el artículo 99 inciso 4, 2° párrafo, de la Constitución Nacional y expresamente consolidado, en cuanto sus etapas indispensables".
Sobre esta base y sin palabras de más, Lugones concluyó en su dictamen ante la Corte que "se extrae con claridad que la acción esgrimida por los accionantes intenta bloquear el ejercicio de facultades constitucionales privativas del Poder Ejecutivo".
En cuanto al procurador Eduardo Casal, todavía no emitió su parecer pero todo indica que su postura favorecerá la posición de los tres jueces, en medio de los avances del oficialismo en el Senado para removerlo del interinato que logró con la renuncia de Alejandra Gils Carbó en 2017.
En el caso de Bertuzzi, Bruglia y Castelli, la Corte definió una postura cuando abrió el recurso a instancias de una convocatoria "extraordinaria" de su presidente Carlos Rosenkrantz, en lugar de esperar el fallo de la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.
El 21 de agosto la jueza en primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal, María Alejandra Biotti, falló contra la pretensión de Bruglia y Bertuzzi de beneficiarse con un amparo que retrotrajera la suspensión de sus traslados desde un tribunal oral a la Cámara Federal de Comodoro Py, segunda instancia de los juzgados federales.
Los magistrados apelaron a la Cámara y la opinión del fiscal general, Rodrigo Cuesta, tampoco avaló la postura de los jueces, dado lo cual la Cámara parecía orientarse a un rechazo a los reclamos de los mismos, aún cuando el dictamen del fiscal no es vinculante y la sentencia de primera instancia se revisa para confirmar o corregir.
Los pedidos de los jueces ante el fuero Contencioso Administrativo continúan su trámite pero en los hechos su decisión se tornará abstracta porque la Corte otorgó el amparo al abrir el 'per saltum' y como instancia final decidirá sobre el fondo de la cuestión.
En la Corte no se anticipan los votos que definirán el conflicto pero sí se puede tener una dirección estimada en las postura fijadas por cada uno de los miembros en el análisis del 'per saltum'.
El voto propio de Rosenkrantz, sin duda el que mayor interés y voluntad tuvo para intervenir de todo el tribunal, anticipa cuál es el meollo que están discutiendo los cinco miembros de la Corte.
"La cuestión a decidir no se reduce únicamente a si un determinado traslado de jueces resulta constitucionalmente válido o no. Si así fuera, sería muy dudoso que se justificase la intervención de esta Corte saltando las instancias normales de decisión", escribió el presidente de la Corte.
"Por el contrario, y más fundamentalmente, esta causa también versa acerca de la validez constitucional de la revisión retroactiva de un mecanismo por el cual un importante número de jueces, quienes cuentan con acuerdo del Senado, han sido designados en diversos tribunales", concluyó.
Fuente: Télam
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