Mercado Por: El Objetivo18 de mayo de 2023

“Dólar Sub 20”: de qué se trata el nuevo tipo de cambio que habilitó el Gobierno

La medida se adoptó a pedido de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), que es la organizadora del evento que se llevará a cabo en el país tras ser elegido por la FIFA tras quitarle la organización a Indonesia por problemas políticos.
“Dólar Sub 20”: de qué se trata el nuevo tipo de cambio que habilitó el Gobierno

En medio de la restricción de divisas que afecta a toda la economía, el Gobierno Nacional habilitó un cupo de US$ 50 millones para la importación sin impuestos de insumos para el desarrollo del Campeonato Mundial de Fútbol Sub 20 que se disputará entre el 20 de mayo y el 11 de junio.

Lo hizo a través del Decreto 272/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial y que fue firmado por el Jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y el ministro de Economía, Sergio Massa.

La norma eximió a una serie de productos del pago de los derechos de importación, de IVA, de los impuestos internos, de tasas por servicio de estadística, portuarios y comprobación de destino.

Entre ellos se encuentran los artículos de equipamiento deportivo, de cobertura en medios de prensa y comunicación internacionales, productos de “merchandising”, equipos tecnológicos, materiales promocionales, mobiliario, credenciales, productos alimenticios, medicinales y demás elementos destinados a la organización y al desarrollo del torneo.

La medida se adoptó a pedido de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), que es la organizadora del evento que se llevará a cabo en el país tras ser elegido por la FIFA tras quitarle la organización a Indonesia por problemas políticos.

Argentina atraviesa una crisis profunda por la falta de dólares que la llevó a incumplir el acuerdo con el FMI y pedir su reformulación, mientras mantiene un cepo que traba el normal funcionamiento de la economía.

Entre los considerandos el Poder Ejecutivo señaló que la Ley N° 20.545, incorporado por el artículo 1º de la Ley N° 21.450 y mantenido por el artículo 4° de la Ley Nº 22.792, facultó al Poder Ejecutivo Nacional a “eximir en forma total o parcial del pago de los derechos de importación y demás tributos que gravan las importaciones para consumo de mercaderías para ser presentadas, utilizadas, obsequiadas, consumidas o vendidas en o con motivo de exposiciones y ferias efectuadas o auspiciadas por Estados extranjeros o por entidades internacionales reconocidas por el Gobierno Nacional”.

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