Sociedad Por: El Objetivo15 de agosto de 2023

Discapacidad: recomendaciones para el trato adecuado

La Subsecretaría de Discapacidad dicta la capacitación “Córdoba Inclusiva”, que busca garantizar el trato adecuado para los agentes de la provincia. Es importante conocer los términos apropiados para favorecer la inclusión.
Discapacidad: recomendaciones para el trato adecuado Foto: Municipalidad de Córdoba

El Gobierno Provincial informó que la cartera sanitaria recuerda la importancia del trato adecuado hacia las personas con discapacidad y comparte las principales recomendaciones. Además, informó que sigue vigente la capacitación de la ley Córdoba Inclusiva, que promueve una mayor y mejor accesibilidad.

Las personas con discapacidad tienen derecho a ser respetadas y a tener acceso a las mismas oportunidades que todos los demás. También se debe considerar que la discapacidad forma parte de la condición humana; y ninguna persona está exenta de transitar o vivir esa situación.

La correcta utilización del lenguaje es una forma de incluir, y por eso es importante tener en cuenta algunas indicaciones sobre cómo relacionarse y comunicarse.

En este sentido, la expresión más acertada y respetuosa para referirse a quien tiene una discapacidad es, simplemente, persona con discapacidad. De esta manera, se hace explícita la idea de que antes que nada se trata una persona, con todos los atributos de dignidad de una persona; y al detallar “con discapacidad”, se la enuncia como una de las múltiples facetas de su ser.

En tanto, en la comunicación es importante no utilizar:

  • Expresiones victimizantes, como “postrado en silla de ruedas”, “cieguito”, “angelito”.
  • Términos como “incapacitado”, “minusválido”, “capacidades especiales/diferentes”; ya que denotan desprecio y desvalorización a las personas con discapacidad.
  • Connotaciones excluyentes como nombrar a las personas sin discapacidad como normales.

Un correcto empleo del lenguaje implica el uso de los siguientes términos:

– Persona sorda o con deficiencia auditiva.

– Persona ciega o con deficiencia visual.  

– Persona con deficiencia intelectual.

– Persona usuaria de silla de ruedas.

Por el contrario, las siguientes expresiones significan un trato de inferioridad y discriminatorio hacia las personas con discapacidad: no vidente, corto de vista, sordomudo, deficiente mental, retardado o paralítico.

A la vez, hay que considerar que no se debe ofrecer ayuda sin una consulta previa; y, si se presentan dudas respecto a cómo dirigirse, lo mejor es consultarle a la misma persona. 

Otro aspecto importante es tratar a las personas con discapacidad como personas sexuadas, con diversidad funcional, diversos modos de vivir sus identidades de género y su sexualidad, con una posición activa y capacidad de decidir por sí mismas.

Capacitación “Córdoba Inclusiva”

En el marco de la Ley “Córdoba Inclusiva” (10.728), la Subsecretaría de Discapacidad del Ministerio de Salud ofrece una capacitación en trato adecuado, que es de carácter obligatorio para los agentes de la administración pública y también es impulsada por la Secretaría de Capital Humano del Ministerio de Coordinación.

En el período que abarca desde diciembre de 2022 hasta junio de 2023, los agentes que realizaron la formación fueron 8.109. En cuanto a los registros del último mes, 3.114 agentes de salud están cursando la capacitación.

La inscripción puede realizarse al final de cada mes en forma virtual, desde la plataforma de Empleado Digital (EDi). El curso se divide en 5 módulos, que implican un tiempo total de 25 horas.

Asimismo, aquellos ciudadanos interesados en incorporar habilidades para el trato adecuado hacia las personas con discapacidad pueden acceder a la capacitación de forma gratuita a través de la plataforma Campus Córdoba.

El único requisito es tener cuenta Ciudadano Digital nivel 1 ya que el portal ofrece formación de manera abierta, sin importar el nivel de estudios o la condición laboral (para obtener los certificados, los participantes deben contar con CiDi nivel 2).

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