Grúas: el Gobierno dio marcha atrás y las aseguradoras podrán seguir brindando el servicio
La Superintendencia de Seguros de la Nación suspende la prohibición de grúas de las aseguradoras. Esta decisión surge tras varios pedidos de informes y cuestionamientos sobre la medida.
El Gobierno decidió finalmente dar marcha atrás con la medida que iba a prohibir a las aseguradoras brindar el servicio de grúa y remolque a sus asociados.
Fuentes de la Superintendencia de Seguros de la Nación informaron que la prohibición no entrará en vigor como se había anunciado previamente. Esta decisión surge tras varios pedidos de informes y cuestionamientos sobre la medida.
La medida había generado controversia. Incluso, el vocero presidencial, Manuel Adorni, había confirmado que no se revertiría la decisión de modificar el servicio de grúas ofrecido por las compañías aseguradoras en todo el país. La Resolución SSN 217/2024, que debía entrar en vigor el 1 de julio, eliminaba la obligación de las aseguradoras de incluir servicios de grúa y asistencia mecánica en sus pólizas de autos.
A finales de abril la Superintendencia de Seguros de la Nación (SNN), a cargo de Guillermo Plate, había anunciado que las empresas de seguros de autos debían excluir los servicios de grúas o remolques y asistencia mecánica en todo el país. Sin embargo, la SNN confirmó este viernes la firma de la resolución 269/2024, que revierte la medida.
La misma iba a regir desde el 24 de julio. La Resolución 217/2024, publicada en el Boletín Oficial, había planteado el objetivo de desregular el sector, “proteger al ciudadano” y aumentar la competencia. Algunas compañías de seguros ya habían empezado a enviar a sus clientes cartas con la notificación de este cambio en el servicio prestado.
"Se firmó una resolución que deroga la anterior, por lo que vuelve a estar el servicio de remolque y grúas en los mismos términos que estaba antes", dijeron fuentes de la SSN.
La modificación, de haber seguido adelante, implicaba además que las aseguradoras ya no estuvieran obligadas a cubrir los “desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible”.
Solo tendrían la obligación de cubrir los costos de grúa y auxilio mecánico en los casos de “accidente, incendio y robo y/o hurto”.
A raíz de esta medida impuesta por la SSN, la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA) había tomado una decisión el 28 de mayo: una acción colectiva en defensa de los derechos de los consumidores.
Buscaban obtener la nulidad del artículo 2° de la Resolución, que imponía “modificaciones que afectan directamente las condiciones del servicio de remolques, privando a los consumidores de un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro”. (NA)
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