Sociedad Por: El Objetivo05 de noviembre de 2025

El Gobierno habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos para civiles

Mediante el Decreto 397/2025 y la resolución 37/2025, el Ejecutivo modificó el régimen de armas y permitirá que legítimos usuarios y entidades de tiro accedan a fusiles semiautomáticos de uso civil.

El Gobierno Nacional oficializó un cambio sustancial en la normativa sobre armas al autorizar la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos para particulares y entidades de tiro. La medida se instrumenta a través del Decreto 397/2025 y su reglamentación mediante la resolución 37/2025, que establecen un régimen de “control administrado” para este tipo de armamento, antes restringido exclusivamente a las fuerzas de seguridad.

El nuevo marco legal reemplaza el principio de prohibición general por un sistema de autorización especial, con el objetivo de “reevaluar los mecanismos dispuestos” tras años de restricciones que habían derivado en irregularidades registrales. El Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio de Seguridad, será el organismo responsable de aplicar el sistema y de otorgar las autorizaciones correspondientes.

Según la reglamentación, solo podrán acceder a esta categoría los Legítimos Usuarios de Armas de Uso Civil Condicional que cumplan con requisitos específicos y las entidades de tiro debidamente habilitadas.

Entre las exigencias principales se destacan:

  • Antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario.
  • Ausencia de antecedentes sancionatorios.
  • Sector de guarda registrado tipo G2, un sistema de almacenamiento seguro validado por el RENAR.
  • Declaración jurada y documentación probatoria, junto con identificación completa del arma (marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie).
  • Usos deportivos comprobables, avalados por una entidad de tiro con instalaciones propias o participación en certámenes nacionales o internacionales.
  • Pago de tasas administrativas, similares a las del trámite de “Tenencia Exprés” y la Tarjeta de Consumo de Municiones.

El nuevo régimen permite la adquisición de armas semiautomáticas con cargadores de quita y pon, como fusiles o subametralladoras derivadas de modelos militares de calibre superior al .22 LR, exclusivamente con fines deportivos o institucionales.

El RENAR podrá requerir documentación adicional para evaluar cada solicitud y verificar la pertinencia del pedido, reforzando los controles de seguridad y trazabilidad sobre este tipo de armamento.

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