Objetivo Legislativo Por: El Objetivo08 de julio de 2026

Con apoyo de todos los legisladores, Córdoba aprobó la ley antibúnker

La Legislatura de Córdoba sancionó por unanimidad la Ley Antibúnker y Antiaguantaderos. La norma permitirá intervenir inmuebles vinculados al narcomenudeo y otros delitos, con el objetivo de recuperar espacios utilizados como guaridas o puntos de venta de drogas.

La Legislatura de Córdoba aprobó este miércoles por unanimidad la Ley Provincial Antibúnker y Antiaguantaderos, una normativa que crea un marco legal para intervenir bienes muebles e inmuebles vinculados a riesgos para la seguridad pública o utilizados como guaridas o puntos de venta de drogas.

La iniciativa fue respaldada por todas las bancadas luego de un trabajo de consenso entre el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo y los aportes de los legisladores Oscar Saliba (UCR) y Oscar Agost Carreño (PRO). Se trata de la segunda ley aprobada por unanimidad en lo que va del año, después de la denominada Ley Joaquín.

El principal objetivo de la nueva norma es combatir el narcomenudeo y recuperar inmuebles abandonados, deteriorados o utilizados para actividades delictivas que favorecen la inseguridad en distintos barrios de la provincia.

La ley habilita medidas administrativas preventivas como intimaciones, cerramientos, clausuras provisorias y el retiro de elementos relacionados con el riesgo detectado. El Ministerio de Seguridad, encabezado por Juan Pablo Quinteros, será la autoridad de aplicación general, mientras que las intervenciones vinculadas al microtráfico estarán coordinadas por el Ministerio de Justicia y Trabajo, junto con la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA).

Además, la normativa crea la Unidad Interagencial de Bienes Intervenidos, integrada por representantes de los ministerios de Seguridad, Justicia y el Ministerio Público Fiscal, con la misión de identificar, controlar y dar seguimiento a los inmuebles alcanzados por la ley.

Las medidas tendrán carácter preventivo, temporal y proporcional, con una duración inicial de hasta seis meses, prorrogables por otro período igual si persisten las condiciones que justificaron la intervención.

La ley también establece límites para proteger derechos de los propietarios. En los casos donde exista ocupación efectiva, conflictos de derechos, necesidad de desapoderamiento o ingreso compulsivo sin urgencia, la intervención deberá contar con autorización judicial.

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