Ya se labraron más de 60 actas por incumplir las medidas sanitarias
A partir de este lunes empezó a regir de manera efectiva las multas dispuestas por la ley 10.702 que establece el Régimen Sancionatorio ante la Emergencia Sanitaria por el coronavirus.
Las multas previstas en esta ley provincial oscilan entre los 5 mil y los 500 mil pesos, y se impondrán al detectarse conductas que transgredan protocolos de seguridad o sanitarios.
En su primer artículo, la ley establece que será pasible del régimen sancionatorio excepcional “toda persona humana o jurídica que incumpla alguno de los protocolos de actuación, disposiciones y resoluciones del Centro de Operaciones de Emergencias central (COE) dentro del territorio de la provincia de Córdoba”.
Al respecto, el comisario mayor de la Jefatura de la Policía de Córdoba, Gonzalo Cumplido, informó que hasta el momento se labraron más de 60 actas debido a diferentes infracciones a las disposiciones sanitarias establecidas como parte de la emergencia. Estiman que la infracción más recurrente es la falta de uso del tapabocas.
“Hasta el momento, se han labrado 66 actas debido a infracciones. Aún no se encuentra especificada cuál es la infracción más frecuente, pero sin duda debe estar relacionada con la falta de uso del tapabocas”, indicó el comisario en conferencia de prensa.
Asimismo, remarcó que se trata de “un régimen sancionatorio de emergencia cuya finalidad es tratar de evitar la propagación del virus”.
“No buscamos estigmatizar ni escrachar a nadie. Hacemos una llamado a la sociedad cordobesa para el cuidado individual y grupal. La sanción de esta nueva ley significa un refuerzo de todas las medidas que ya estaban estipuladas y las recomendaciones dadas por especialistas sanitarios”, remarcó Cumplido.
Cómo serán las sanciones
La norma se aprobó el 8 de julio en la Unicameral y busca proteger la salud pública. El pasado 17 de julio se puso en marcha, pero durante estos primeros 10 días las multas fueron condonadas.
La nueva ley sanciona incumplimientos de medidas de protección personal (multas de entre 5 mil y 10 mil pesos); de medidas de prevención para actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales (5 mil a 50 mil pesos); de medidas de prevención en relación a reuniones familiares o de cualquier tipo (10 mil a 100 mil pesos); de disposiciones y medidas para el ingreso, tránsito y permanencia en territorio provincial (50 mil a 500 mil pesos); y de cuarentena, aislamiento sanitario estricto y cualquier otra indicación epidemiológica (20 mil a 200 mil pesos).
La ley además incluye descuentos del 50 por ciento en las multas cuando el infractor pague en forma voluntaria.
También contempla una morigeración de las sanciones para quienes aporten “información, datos o requerimientos relevantes” a la Autoridad Sanitaria Provincial, de utilidad para la investigación epidemiológica. Podrán lograr reducciones en las multas “a la mitad de la escala sancionatoria prevista para cada caso”, según estipula la ley. En casos de reincidencia, el importe de las multas se duplicará.
Los recursos obtenidos a través de las multas se destinarán al Fondo para la Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas.
La autoridad de aplicación de la ley 10.702 es el Ministerio de Salud de Córdoba, mientras que la autoridad de control es el Ministerio de Seguridad provincial.
Los Juzgados Provinciales de Faltas intervinientes en las infracciones de tránsito tendrán competencia para juzgar faltas establecidas en el régimen sancionatorio excepcional.
En tanto, la ley 10.702 crea la Comisión de Seguimiento del Régimen Sancionatorio Excepcional Covid-19, que estará integrada por el presidente provisorio de la Legislatura, tres legisladores del bloque mayoritario, dos legisladores del bloque de la primera minoría, un legislador del bloque de la segunda minoría, un legislador por los bloques restantes, un miembro del COE, uno del Ministerio de Salud y uno del Ministerio de Seguridad.