
Bee Sellares propone crear el Registro de Personas Condenadas por Delitos Dolosos
El Objetivo
En este Registro Provincial se inscribirá a todas las personas que hayan sido condenadas como autoras penalmente responsables de haber cometido delitos dolosos (homicidios, lesiones graves, secuestros extorsivos, robos agravados). En el legajo de cada una de las personas registradas, además de todos sus datos, se asentará su código de identificación genética, el historial de delitos y se incorporará la documentación referida al tratamiento médico o psicológico que hubiere recibido por anormalidades mentales o trastornos de la personalidad, como así también copia de la sentencia y todo otro dato y/o antecedente que, con el debido resguardo de los derechos y garantías constitucionales, contribuya a su seguimiento social.
“Así se facilitará el esclarecimiento de todos los hechos que puedan ser objeto de una investigación en materia penal ya que el Registro almacenará la información genética asociada a una muestra o evidencia biológica obtenida en el curso de cualquier investigación criminal -ya no solo de delitos contra la integridad sexual- y de toda persona condenada con sentencia firme por delitos dolosos”, explicó el Legislador Javier Bee Sellares.
“El objetivo principal del presente proyecto es contribuir al esclarecimiento de la verdad. Estamos convencidos que servirá por partida doble a la Justicia, ya que se utilizará para identificar y condenar a los autores de delitos, como también para exculpar a personas erróneamente acusadas”, añadió el legislador y agregó: “Mientras tanto, en materia de la lucha contra la inseguridad, el presente proyecto contribuirá igualmente en el sentido de que provocará en futuros agresores una sensación de mayor control y de pérdida del sentimiento de anonimato e impunidad”.
Los avances tecnológicos y científicos deben ser aprovechados para la investigación criminal en provecho de toda la sociedad. De la misma manera, este tipo de registros con datos genéticos, en una etapa posterior, creará un efecto disuasivo en los delincuentes cuando recuperen la libertad, ya que sabrán que han sido registrados y que están siendo de alguna manera observados.
El proyecto deroga normas referidas a la materia contravencional, ya que contenía artículos hoy no vigente al haberse reemplazado el anterior Código de faltas (Ley Nº 8431) por el nuevo Código de Convivencia Ciudadana (Ley Nº 10.326 y modificatorias).
El proyecto mantiene la norma que ya establecía que la inscripción en el Registro como condenado por delito contra la integridad sexual importaba la prohibición absoluta y automática para desempeñarse en servicios públicos y/o semipúblicos en los que estuviesen involucrados menores de edad. Y también aquella norma que establecía que lapersona que se pretenda incorporar o vincular o explotar servicios públicos y/o semipúblicos en los que estuviesen involucrados menores de edad, sea como empleado, propietario, permisionario y/o concesionario, además de todos los requisitos que deba cumplir en función de las leyes vigentes, deberá acompañar un certificado expedido por el Registro en donde conste que no se encuentra inscripto en el mismo como condenado por delito contra la integridad sexual.
Por último, también contempla una aplicación de forma gradual, con un cronograma de implementación, en el que se incorporarán progresivamente los delitos de acuerdo a su gravedad, en la medida que se incrementen las capacidades operativas de los laboratorios forenses encargados del análisis de las muestras extraídas. A esos fines el orden de prioridad se establecerá de la siguiente manera: homicidios, lesiones graves, secuestros extorsivos, robos agravados y luego cualquier otro delito doloso tipificado o a tipificarse en el futuro.


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