Apross actualiza la cobertura de tratamientos de reproducción médicamente asistida
En el marco del mes del cuidado de la fertilidad, Apross ha actualizado la resolución que determina la cobertura de tratamientos de reproducción médicamente asistida, para brindar mayor accesibilidad a su comunidad afiliada.
A través de esta nueva normativa, que ya está plenamente vigente, se brindará cobertura a personas con capacidad de gestar hasta los 44 años de edad con óvulos propios y hasta los 50 años con óvulos donados o criopreservados (hasta ahora la cobertura era hasta los 41 años).
Además, de acuerdo a la Resolución 151/22, se brindará la cobertura a parejas tanto casadas como en unión convivencial, y a familias monoparentales. También se incluye ahora la donación de gametos, de ser necesaria.
La administradora de salud provincial había sido pionera en la cobertura de estos tratamientos, con su resolución 178/2009 y con la aprobación de la Ley 9695 en 2010, por la cual –previo incluso a la sanción de la ley nacional. Ahora, con la nueva resolución recientemente publicada, se actualiza y amplía el alcance de las prestaciones, para adaptarse también al marco legal nacional.
La cobertura incluye todas las técnicas utilizadas, de baja complejidad mediana y alta complejidad, de acuerdo a la tecnología actual. En todos los casos, el tratamiento deberá realizarse en instituciones que sea prestadoras de Apross, estas son: CIGOR, Fecundart, Nascentis, Ovum.
Es importante aclarar que se cubren hasta 3 intentos de cada técnica, y que la cobertura se brinda con coseguros a cargo de la persona afiliada.
En tanto, los kits de medicación necesarios para cada tratamiento fueron actualizados con el asesoramiento de profesionales del Programa provincial de Reproducción médicamente asistida, y su cobertura es al 100%. Se puede obtener mayor información en la página web de Apross.