Comienza la veda electoral: qué no se podrá hacer

Elecciones 2023 23 de junio de 2023 Por El Objetivo
Rige desde las 8 de la mañana hasta las 21 del domingo 25 de junio. Los ciudadanos no respeten la veda, podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la infracción.
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Comienza la veda electoral: qué no se podrá hacer

En el marco de las elecciones provinciales a celebrar el domingo 25 de junio, la Justicia Electoral dispuso la veda que rige desde este viernes a las 8 de la mañana hasta las 21 del domingo 25 de junio, tres horas después de la finalización de los comicios.

En aquellos casos en los que los ciudadanos no respeten la veda, podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la infracción.

Además, a quien expenda bebidas alcohólicas durante ese período podría ser castigado con pena de prisión de entre 15 días y seis meses, aunque esta prohibición rige a partir de las 20 del sábado.

¿Qué está prohibido durante la veda electoral?

- No se podrán difundir datos de boca de urna, también habrá una serie de actividades que quedarán totalmente prohibidas.

– Reuniones de electores y abrir locales partidarios dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.

– Entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.

– La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos. Realizar actos públicos de proselitismo.

– Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.

– El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas. (Rige desde las 20 del sábado)

– Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.

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