Confirman prisión preventiva a banda que estafaba a personas interesadas en comprar motos
Desde la Justicia de Córdoba se informó que el Juzgado de Control n.° 5 de la ciudad de Córdoba confirmó la prisión preventiva dictada por la Fiscalía de Instrucción del Distrito 1 Turno 3° contra una banda que ofrecía motos 0km en cuotas sin interés, con escasos requisitos, múltiples beneficios y bonificaciones, aunque sabían que la efectiva entrega del bien nunca se concretaría.
La conducta de los imputados fue calificada legalmente como asociación ilícita y estafas reiteradas (artículos 45, 55, 210 y 172 del Código Penal); porque pese a las promesas de los integrantes de la banda el motovehículo nunca llegaba al comprador.
Entre otras consideraciones, el juez Carlos Lezcano afirmó el “ropaje” de la empresa permitió generar el error en varias personas y que los “vendedores” le hicieran suscribir contratos engañosos a las víctimas para que hagan erogaciones perjudiciales para su patrimonio en pos de obtener una motocicleta, que no iban a conseguir, “salvo en determinados casos, necesarios, para aparentar seriedad de la empresa”.
Según la acusación, los imputados operaban bajo la pantalla societaria de la empresa Noah S. A. S., ubicada en calle Santa Fe 275, de barrio Alberdi, de la ciudad de Córdoba. Allí, recibían a sus potenciales clientes, quienes eran seducidos por promociones difundidas en medios masivos de comunicación, redes sociales, folletería, etc., con la intención de adquirir motocicletas mediante tentadoras ofertas e inigualables condiciones de mercado.
En ese local, eran atendidos por vendedores de la empresa quienes, bajo el nombre de fantasía “Noah Creamos Tu Futuro”, exigían un pago inicial en concepto de “solicitud de pedido” y, luego, ofrecían una financiación en pesos sin interés con el valor del vehículo “congelado”.
La empresa asumía el compromiso de entregar la motocicleta seleccionada en un plazo de tiempo escaso, una vez suscripto el plan y pagadas como mínimo tres cuotas. Sin embargo, cuando el cliente solicitaba la entrega del vehículo, le respondían que no había stock en la fábrica y, entonces, le ofrecían un modelo de valor superior o le exigían una nueva entrega de dinero. De esta manera, se aseguraban que los damnificados siguieran haciendo erogaciones perjudiciales para sí y beneficiosas para la “empresa”.
La operación se desarrollaba sin intervención de bancos ni instituciones financieras, sin la exigencia de presentar garantías, antigüedad laboral (recibos de sueldo) o demostrar capacidad crediticia y con la posibilidad de acceder al plan tan sólo con la presentación del DNI.
En su resolución, el juez Lezcano rechazó la impugnación planteada por la defensa de los imputados Dante Daniel Martino, David Ezequiel González, Dimas Leonardo Serrano, Cristian José Torres Taborda y Andrea Luque. El magistrado sostuvo que, en este caso, existían indicios suficientes para confirmar la prisión preventiva tales como peligro de fuga y alto riesgo de entorpecimiento del proceso, en el supuesto de recuperar la libertad.
En tal sentido, el juez Lezcano concluyó que la prueba recolectada en la causa lleva a estimar que, si los imputados permanecen en libertad, probablemente procurarán entorpecer la investigación y podrían eludir la acción de la justicia. Por esa razón, consideró que dichas circunstancias tornaban “proporcional la medida cautelar” y no resultaba viable su reemplazo por otra de menor entidad.