“Ley ómnibus”: no pagarán impuestos las compras en el exterior que sean para uso personal
El reciente proyecto de ley "ómnibus", enviado al Congreso por el Gobierno nacional, introduce cambios significativos en la importación de bienes de uso personal. Sustituyendo el artículo 1 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 2753/91, la iniciativa propone eximir de gravámenes a las mercaderías amparadas por el régimen de equipaje que se importen para consumo sin fines comerciales.
Esta modificación reemplaza la disposición anterior que imponía un tributo único y unificado del 50% sobre el valor en aduana de dichas mercaderías. Según el nuevo texto, las importaciones de bienes personales, realizadas fuera de las franquicias establecidas por el Decreto 2130/91, no estarán sujetas a ningún tributo. Estas medidas buscan simplificar y favorecer el ingreso de mercaderías de uso personal al país, ofreciendo un marco más flexible para los consumidores.