Nuevas exigencias para las casas rodantes y trailers en Argentina
Según la norma vigente de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, "los acoplados, remolques y tráilers destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, comprendidos en la categoría O1, remolcados por vehículos automotores de uso particular deberán presentar ante la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendadarios, la certificación de seguridad vehicular que por normas complementarias se establezca, en cuyo caso se prevé que dichos vehículos portarán una placa identificatoria alternativa”.
Cada vez más son quienes deciden salir a rodar por las Rutas Argentinas en busca de aventuras, pero, todos saben cuáles son los cambios que hay y se deben cumplir para viajar por el país.
Minivacaciones, viajes cortos y aventuras son las cosas que buscan las personas después de una larga semana de trabajo en la oficina y aprovechar el fin de semana tradicional o fin de semana largo. Justamente en noviembre será el próximo en el país; hay tiempo, que pasa rápido y por eso, desde Agencia Noticias Argentinas entregamos la información necesaria para cumplir con los nuevos requisitos para viajar en regla, seguro y sin inconvenientes a la hora de pasar por un control o puesto caminero con tu casilla rodante.
Las nuevas medidas alcanzan a tráilers y casas rodantes. La normativa para tráilers y casas rodantes de categoría 01 como los vehículos de 2 ejes, pertenecientes a las categorías 02 y 03, quienes también deben realizar chequeos para circular. Los vehículos alcanzados por la medida son: remolques, tráilers, acoplados y casas rodantes de hasta 750 kg que sean utilizados para transportar equipaje, embarcaciones deportivas de bajo porte y elementos de recreación que sean tirados por autos de hasta 3.500 kg.
El ancho total del vehículo, el peso y el patentamiento son los tres requisitos fundamentales a cumplir para poder disfrutar de la ruta y sus paisajes hasta llegar a destino donde todo se vuelve mágico y el tiempo se detiene al contemplar la naturaleza y sus bondades mientras el descanso se vuelve nueva rutina por el tiempo dispensado para celebrar la vida en familia.
Nueva reglamentación para tráilers
- Ancho total de vehículos de 1 eje, categoría 01: se admiten espejos extensibles en los casos en que el tráiler o la casa rodante resulten más anchos que el vehículo tractor.
- Peso total del vehículo a remolcar: el límite sigue siendo de hasta 750 kg. Si por cuestiones de equipamiento se supera ese peso, se evaluará cada caso para determinar si se sigue considerando dentro de la categoría 01.
- Ya no se puede circular con la “Patente 101”. La nueva normativa para tráilers solicita una patente única, tanto para el vehículo tractor como para la casa rodante o el remolque.
- Tráilers y casas rodantes serán homologados y patentados junto con el vehículo tractor. Dicho patentamiento también servirá para ser utilizado en conjunto con cualquier otro vehículo tractor. Esto agiliza los procesos de patentamiento de los rodantes.
- Para vehículos de 2 ejes, categoría 02 y 03, las condiciones técnicas de verificación para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) no varían con la nueva reglamentación para tráilers. Sin embargo, también se unifican las patentes para el vehículo remolcador y el remolcado, como en la categoría 01.
- Para patentar casas rodantes y tráilers categoría 01, la Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor requiere un Certificado de Seguridad Vehicular emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), por lo que se necesita un informe técnico realizado y firmado por un ingeniero matriculado.
- En el caso de casas rodantes y tráilers categoría 02/03, el informe técnico deberá ser confeccionado por los talleres de Jurisdicción Nacional, distribuidos en todo el país, dependientes de la Subsecretaría de Transporte Automotor del Ministerio de Transporte.