
Ratificaron condenas para miembros de una banda narco que operaba desde la cárcel en San Francisco
El Objetivo
La Corte Suprema de Justicia dejó firmes las condenas contra un grupo de personas acusadas de integrar una banda narco que vendía drogas dentro del Establecimiento Penitenciario 7 de San Francisco, en Córdoba.
Además, respaldó la decisión de realizar un nuevo juicio para un guardiacárcel y una empleada municipal, quienes habían sido absueltos en primera instancia.
La investigación se inició en 2018 y reveló que la organización operó entre febrero de 2016 y enero de 2018.
Un operativo policial permitió el secuestro de casi 80 kilogramos de marihuana en allanamientos realizados en San Francisco, Arroyito y Tránsito, en Córdoba, y en la localidad santafesina de Frontera.
Según la causa, la banda era liderada por Mirna Nagel, quien mantenía contacto con Moisés Almada, un detenido en la cárcel de San Francisco, para suministrarle drogas y celulares.
También fueron imputados el guardiacárcel Juan Ignacio Ludueña y su esposa Claudia Juárez, empleada municipal, sindicados como quienes facilitaban el ingreso de estupefacientes al penal. Otros implicados fueron Pablo Ezequiel Almada, Romina Brunotto, Ezequiel Fraga, Daiana Ramírez y Deysi Nagel.
Durante el juicio, Juárez alegó dificultades económicas y reconoció haber mantenido una deuda con Nagel, pero aseguró desconocer su vínculo con el narcotráfico. Ludueña, por su parte, negó haber vendido drogas y admitió haber ingresado celulares al penal.
El Tribunal Oral Federal de Córdoba condenó a Nagel a ocho años y medio de prisión y a los demás imputados a penas de entre seis años y medio y tres años.
No obstante, absolvió a Ludueña y Juárez, lo que llevó a la fiscalía a apelar.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas y revocó las absoluciones, ordenando un nuevo juicio al considerar que la evaluación de las pruebas había sido sesgada.
Las defensas argumentaron que se vulneraba el principio de inocencia y el beneficio de la duda, además de cuestionar la injerencia de Casación en cuestiones de hecho y prueba.
Finalmente, la Corte Suprema rechazó los recursos y dejó firmes las condenas de Nagel, Almada, Brunotto y Pablo Almada, al considerar que el recurso extraordinario era inadmisible. También desestimó los planteos de Ludueña y Juárez por no cumplir con los requisitos de la Acordada 4/2007. (NA)


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