Elevan a juicio al expresidente de la Fundación Dolto por estafar a un paciente con adicciones

El juez de Control en lo Penal Económico de la ciudad de Córdoba, Gustavo Hidalgo, confirmó la elevación a juicio del expresidente de la Fundación Dolto “Centro de Psicología y Psiquiatría”, Marcelo Eduardo Bazán por los delitos de estafa agravada por circunvención de incapaces reiterada (10 hechos) y falsedad ideológica, requerida por la Fiscalía de Instrucción Subrogante.
En su resolución, el magistrado también elevó a juicio a Paola Flavia Re Aramburo (expareja de Bazán) y Pablo Inacio como supuestos participes necesarios de dichos ilícitos. Todos estos hechos habrían sido cometidos en perjuicio uno de los pacientes de la institución que atravesaba una fase de fragilidad y las carencias emocionales, agravada por el consumo problemático de estupefacientes y alcohol.
Las conductas atribuidas al psicólogo Bazán fueron llevadas a cabo mediante el aprovechamiento de la condición de vulnerabilidad de la víctima, con la ayuda y complicidad de adeptos y otras personas de su confianza que respondían directamente a él, tanto dentro como fuera de la fundación. De esta manera, se generó una absoluta dependencia del paciente N. A. L. hacia él, para así desapoderarlo de la casi totalidad de su patrimonio: automóviles (algunos de alta gama), camionetas e inmuebles.
Bazán ya había sido condenado por la Cámara 3° en lo Criminal y Correccional de la ciudad de Córdoba en abril de 2024 por haber sido encontrado culpable de delitos contra de la integridad sexual en perjuicio de otros tres pacientes de la fundación Dolto.
En esta nueva causa, tras descartar los argumentos defensivos, el juez Hidalgo sostuvo: “Numerosas constancias de la causa dan cuenta del estado de vulnerabilidad de N. A. L., de la conflictiva familiar en la que estaba inmerso y que Bazán abusó de sus necesidades para beneficiarse económicamente en perjuicio de su patrimonio.”
El magistrado agregó que “no surge sino la frágil personalidad que tenía N. A. L. al momento de conocer a Bazán y los conflictos que mantenía en ese momento con sus vínculos primarios; a lo que se suma asimismo el consumo de drogas, circunstancia claramente advertida y aprovechada por Bazán, para cumplir su designio delictivo, tal como lo demuestran distintas constancias de la causa.
La resolución también señala: “Las conclusiones expuestas por los distintos profesionales citados resultan concordantes no solo entre sí, sino también con el contenido de los diversos relatos obrantes en la causa de los numerosos testigos y de N. A. L. cuando describe la relación asimétrica que mantenía con su psicólogo en la época de la ocurrencia de los hechos y la manera en la que respondía a sus órdenes cual súbdito sin cuestionar absolutamente nada, todo lo cual analizado en conjunto, no deja lugar a dudas respecto a la evidente vulnerabilidad en la que se encontraba N. A. L. y la sumisión a la que fue reducido progresivamente por Bazán, generando una absoluta dependencia hacia él.”
Finalmente, el magistrado resaltó que las pruebas obrantes en la causa demuestran que las transacciones comerciales llevadas a cabo por N. A. L. “no eran decididas libremente” por él. “Todo lo concerniente a cuestiones económicas, como así también a aspectos de su vida personal y familiar eran decididas por Bazán -por ejemplo, seleccionar los invitados de su boda y obligarlo a planificar un hijo- hasta el trato con los empleados y clientes de su empresa, incluso llegando a decidir sobre la totalidad de los negocios”, añadió.
La resolución agrega que el imputado estaba “al mando de todo” y que intentó excluirlo de las ganancias de sus propios negocios -con la complicidad de personas de su confianza- que respondían a Bazán tanto dentro como fuera de la fundación.
De esta manera, el juez Hidalgo descartó los agravios de las defensas, relacionados con la atipicidad de la conducta de Bazán y el contexto de violencia de género de su expareja. (justiciacordoba.gob.ar)