Prorrogan prohibición de despidos sin justa causa hasta fin de año
La medida se plasmó en el decreto de necesidad y urgencia 413/21, que suscribió el presidente Alberto Fernández y los ministros de su gabinete y será publicada este lunes en el Boletín Oficial.
El Gobierno resolvió extender hasta fin de año la prohibición de los despidos sin justa causa y el pago de una indemnización adicional hasta un tope de medio millón de pesos, ante el inminente vencimiento de la vigencia del decreto 345 el próximo 30 de junio.
El nuevo DNU es una nueva prórroga de la norma original por la que se declaró la Emergencia Pública Ocupacional y que fuera prorrogada seis veces en cuanto al plazo de vigencia y modificada en otras oportunidades para variar el tope indemnizatorio, que en un principio implicaba duplicar el establecido por ley.
Al igual que en las prórrogas anteriores, el nuevo DNU establece que la prohibición no abarca a las contrataciones realizadas luego del 22 de diciembre de 2019, cuando entró en vigencia el primer decreto.
Asimismo, mantiene la excepción para los trabajadores comprendidos en el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción regulado por la ley 22.250.
En los considerandos de la norma, se indicó que "el Estado Nacional ha adoptado medidas de contención que tienen como objetivo ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia".
La prórroga se establece días después de que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) informara que en el primer trimestre el desempleo fue del 10,2% de la Población Económicamente Activa, dos décimas de punto porcentual menos que en el mismo período de 2020. (NA)
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