Sociedad Por: El Objetivo12 de septiembre de 2021

Elecciones PASO: el transporte interurbano será gratuito

La medida rige tanto para los votantes como para las autoridades de mesa asignadas. Hasta una distancia de 250 km se podrá viajar en forma gratuita únicamente desde la 0 hasta las 24 horas del día domingo.
Elecciones PASO: el transporte interurbano será gratuito

La Secretaría de Transporte de la Provincia dispuso que las empresas prestatarias del servicio público de transporte interurbano trasladen gratuitamente de ida y de regreso a toda persona que concurra a emitir su voto en las elecciones PASO 2021 del próximo domingo 12 de septiembre, y a aquellas que hayan sido designadas como autoridades de mesa, tanto presidentes titulares como suplentes.

Cómo acceder al beneficio:

  • Votantes: deberán acreditar el domicilio actualizado con la presentación de su documento nacional de identidad (D.N.I). A su vez, para el viaje de regreso, deberán exhibir el comprobante troquelado entregado por la autoridad de la mesa donde sufragó.
  • Autoridades de mesa: deberán presentar el D.N.I, junto con el telegrama oficial de designación como tal.

En ambos casos, quienes deban realizar trasbordo para llegar a destino, deberán acreditar idénticos extremos en cada lugar que soliciten el pasaje. El beneficio es válido para los servicios de modalidad regular común y diferencial.

En relación con las distancias a recorrer para el traslado de votantes y autoridades de mesa, se observarán las siguientes disposiciones:

Hasta una distancia de 250 kilómetros se podrá viajar en forma gratuita únicamente desde la 0 hasta las 24 horas del mismo día que se lleva a cabo los comicios.

Para las distancias de más de 250 kilómetros la franquicia de transporte gratuito regirá desde la 0 del sábado 11 hasta las 24 horas del domingo de realización de los comicios.

Capital

Las personas habilitadas para votar podrán trasladarse en transporte urbano de manera gratuita, entre las 6.30 y las 20 horas.

Deben acreditar los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Ser menor de 18 años, acreditar constancia de inscripción en el padrón ante la Junta Electoral y poseer la constancia emitida por la Junta.
  • Certificar en ambos casos que su domicilio se encuentra a más de 30 cuadras del centro votación correspondiente, portando constancia de la que se desprenda el domicilio del centro referido.

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