Sociedad Por: El Objetivo16 de mayo de 2025

Condenaron a 6 años y 8 meses de prisión al causante del choque múltiple en avenida Chacabuco

La titular del Juzgado de Control N°4 rechazó el pedido de la defensa de calificar el hecho como culposo. Remarcó que el acusado sabía que tenía epilepsia. Tres médicos le habían contraindicado conducir.

El conductor que protagonizó el siniestro vial en avenida Chacabuco fue condenado por la Justicia provincial. - Foto: justiciacordoba.gob.ar

El Juzgado de Control Nº 4 condenó a Cristian Joaquín Pacha a seis años y ocho meses de prisión e inhabilitación para conducir por el término de 10 años por el choque múltiple ocurrido el 12 de septiembre de 2024, en avenida Chacabuco de la ciudad de Córdoba, que provocó numerosas víctimas. 

La jueza Anahí Hampartzounian anunció que los fundamentos legales completos se conocerán el 30 de mayo a las 13. No obstante, en la audiencia oral celebrada en Tribunales II, adelantó una respuesta detallada a los planteos defensivos, explicada en un lenguaje claro y comprensible para las partes.

El 12 de septiembre de 2024, Cristian Pacha conducía su Toyota Corolla por avenida Chacabuco cuando perdió el control del vehículo y atropelló a múltiples personas, lo que provocó lesiones y daños de diversa gravedad. Las investigaciones revelaron que Pacha tenía una afección neurológica y había falseado información en la declaración jurada para renovar su licencia de conducir, ocultando así su condición médica.  

Durante la audiencia, la jueza Hampartzounian optó por responder los planteos defensivos en términos accesibles, especialmente dirigidos a las víctimas y al imputado. En primer lugar, rechazó el planteo de la defensa de recalificar los hechos como culposos o imprudentes. Señaló que, teniendo por probadas las circunstancias del caso, el resultado era previsible y el acusado tenía el deber de evitarlo. 

La magistrada destacó que el imputado sabía que tenía epilepsia y que al menos tres médicos le habían contraindicado conducir. Sin embargo, decidió continuar haciéndolo y falseó datos en la declaración jurada para obtener la licencia. 

Estas conductas, sumadas a antecedentes viales y una actitud de indiferencia ante el riesgo, convencieron a la magistrada de mantener la calificación dolosa del hecho. En refuerzo de su postura, aclaró que, incluso si Pacha hubiera confiado en que no se produciría un desenlace grave, esa confianza no era racional, sino más bien temeraria u optimista. Por ello, resolvió imponer la pena prevista para el delito doloso.

Respecto al pedido de reducción de pena, sostuvo que el acuerdo resarcitorio alcanzado con las víctimas no puede considerarse un atenuante suficiente en este caso. Si bien reconoció que reparar los daños puede ser valorado en ciertos supuestos, advirtió que la conducta de Pacha durante el proceso indicaba que se trataba de una estrategia racional y utilitaria, no un arrepentimiento genuino. 

Destacó que no sería correcto que la sociedad pudiera ver que existe un tratamiento privilegiado para quienes cuentan con capacidad económica suficiente para reparar los daños. En consecuencia, reafirmó que la pena acordada —seis años y ocho meses de prisión, más inhabilitación— era proporcional y adecuada frente a la gravedad de los hechos juzgados, que incluyeron no solo el siniestro vial, sino también la falsificación documental y una defraudación al seguro.

Finalmente, la jueza resolvió hacer lugar al pedido de prisión domiciliaria. Aclaró que esta modalidad no implica una reducción ni suspensión de la pena, sino una forma excepcional de cumplimiento ante situaciones especiales. Justificó su decisión en el estado de salud del imputado (tiene problemas cardíacos e hipertensión), su condición de adulto mayor y las limitaciones que el encierro carcelario presenta en su caso.

Se valoró el diagnóstico de epilepsia y un cuadro clínico general que, según se concluyó, no puede ser atendido de manera adecuada en una unidad penitenciaria. La jueza Hampartzounian entendió que el cumplimiento domiciliario con control electrónico es una alternativa viable y razonable. Además, fijó una caución real de 180.000 dólares estadounidenses, que podrá ser cubierta con un inmueble ya ofrecido por la defensa.

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