Viaje al exterior: que documentos son necesarios

Sociedad13 de enero de 2019 Por El Objetivo
La documentación para necesarios para viajar al exterior pueden ser variados y algunos de caracter obligatorios.
0002819265

Es temporada de vacaciones y muchos eligen vacacionar en el exterior. Algunos eligen viajar vía aérea y otro toman la decisión de trasladarse en automóvil. Para ambos casos se deben presentar documentación variada y de caractar obligatorio.

Documentos de viaje de los estados partes del MERCOSUR y estados asociados.

Argentinos con destino países miembros o asociados del MERCOSUR: (Uruguay, Paraguay, Brasil, Chile, Bolivia, Ecuador, Venezuela, Colombia, Perú)

Documentos válidos de viaje

Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Documento Nacional de Identidad. Válidos: DNI tarjeta y libreta celeste (digitales) + Pasaporte
    No válidos: DNI escritos a mano (tapa verde, bordó, y libreta celeste), constancia de DNI en trámite y documentos deteriorados.
  • Pasaporte.
  • Cédula de Identidad MERCOSUR expedida por la Policía Federal (utilización válida hasta su respectivo vencimiento).
  • Cédula de Identidad Provincial, expedida por los Gobiernos Provinciales (para Bolivia, Chile y Foz do Iguaçú (según Acuerdo sobre Facilitación Turística).

Cualquiera sea el documento que presente, deberá estar en buen estado de conservación.
Tanto mayores como menores de edad no podrán viajar con la constancia de trámite del DNI o Cédulas de Identidad ya vencidas.

Para mayor información ver:
http://www.migraciones.gov.ar (Requisitos de Ingreso y Egreso del País)


Aduaneramente se puede ingresar:

  • Ropa y objetos de uso personal usados.
  • Libros, folletos y periódicos.
  • Otros artículos que no tengan finalidad comercial

Aduaneramente no se puede ingresar:

  • Efectos pertenecientes a terceras personas
  • Mercadería con finalidad comercial
  • Armas de fuego sin autorización del organismo competente.
  • Mercaderías de importación prohibida por razones económicas (salud, seguridad, etc.
    **FRANQUICIAS - LIBRES DE IMPUESTOS PAISES LIMITROFES **
    HASTA U$S 150
    FREE SHOP U$S 150
    EL EXCEDENTE ABONA EL 50% DE IMPUESTOS

Países no limitrofes

Usted puede ingresar al país sin pago de arancel:

  • Ropas y objetos de uso personal usados.
  • Libros, periódicos y folletos sin finalidad comercial
  • Mercaderías nuevas hasta un límite de U$S 300 (U$S 150 para menores de 16 años).
  • Beneficio adicional de U$S 300 (U$S 150 para menores de 16 años) para bienes adquiridos en tiendas libres (Duty Free Shop) de llegada.

Con pago de arancel: Sobre el excedente de U$S 300 (U$S 150 para menores de 16 años) sin finalidad comercial.

Para salir del País por un paso fronterizo con vehículo

  • La cédula verde o Cédula Azul
  • El seguro del automotor con cobertura internacional.
  • Grabados en los cristales del automóvil la numeración alfanumérica correspondiente a su dominio.
    Se aconseja que en caso de no ser propietario del vehículo automotor y no poseer la Cédula Azul, es necesario contar con: La autorización de la persona titular, certificada ante escribano público.

Para mayor información ver:
http://www.afip.gov.ar/turismo/

Procedimiento para salir del país con menores de 18 años

  • Si el menor viaja con ambos padres bastará con que acrediten el vínculo mediante Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de los padres.
  • Si el menor viaja sólo con uno de sus padres, además de demostrar la relación parental con alguno de los documentos citados, deberá acompañar la autorización del padre/madre ausente.
  • Si el menor viaja solo, deberá presentar una autorización firmada por ambos padres acompañada de algún documento que acredite el vínculo (Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de nacimiento o DNI en donde consten los datos filiatorios de los padres).
  • Si es hijo de menores, necesitará la autorización de los padres y el permiso de uno de sus abuelos.

***Observaciones: toda esta documentación deberá ser presentada en original o copias debidamente legalizadas o certificadas.


Autorización de menores:

Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, cónsules extranjeros en la Argentina y jueces de paz.

Autorización de validez única: Migraciones cuenta con un servicio de urgencia para el otorgamiento de la autorización que tiene validez por un sólo viaje y debe ser utilizada dentro de los 30 días de su emisión. Puede tramitarse en todas las delegaciones, oficinas migratorias, en el paso fronterizo donde se pretenda egresar, en el Aeropuerto de Ezeiza, Aeroparque y Puerto de Buenos Aires.

Requisitos para salir con mascotas

Para poder salir del país con perros y gatos el propietario del animal deberá presentar la siguiente documentación:

  • Certificado de vacuna antirrábica: (Sólo para animales mayores de tres meses de edad).
    Si este Certificado es emitido en la Capital Federal, debe ser extendido en los impresos por el CONSEJO PROFESIONAL DE MEDICOS VETERINARIOS Ley 14072, o en el formulario Oficial del INSTITUTO DE ZOONOSIS LUIS PASTEUR, con la firma y sello del profesional actuante.
    Para el caso de certificados emitidos en las provincias, deberá ser expedido en el formulario del COLEGIO DE MEDICOS VETERINARIOS de la Provincia correspondiente o entes Municipales de vacuna antirrábica.
  • Certificado de buena salud: (Para todos los animales independientemente de su edad).
    Debe constar:
    Nombre, sexo, pelaje y edad del animal; nombre, apellido y dirección del propietario; y que el animal se encuentre sano en el momento de su examen clínico, no presentando evidencia de enfermedad infecto contagiosa propia de la especie.
    Estos Certificados serán canjeados por el Certificado Zoosanitario de Exportación de Caninos y Felinos Domésticos y la validez del mismo será de diez días corridos, contados a partir de la fecha en la cual el Veterinario Particular examinó al animal.
    El trámite requiere el pago de un arancel por animal (CONSULTAR), en concepto de convalidación documental oficial para amparar sanitariamente la salida del animal, y puede realizarse en cualquier oficina de SENASA del país.


Para mayor información ver:
http://www.senasa.gov.ar/

Consideraciones generales. Se recomienda consultar los sitios web oficiales para mayor información.

Para mayor información ver:
http://www.migraciones.gov.ar

Para mayor información ver:
http://www.vialidad.gov.ar

Si usted pretende salir del país por un Puerto Habilitado como Paso Internacional, para dirigirse a un país limítrofe en una embarcación de su propiedad debe realizar los trámites pertinentes ante la Autoridad respectiva.

Para mayor información ver:
http://prefecturanaval.gov.ar

Te puede interesar