
Amplían a 1.700 el cupo de entrada diaria de personas al país
El Objetivo
El Gobierno nacional oficializó este sábado la prórroga del cierre de las fronteras hasta el 1 de octubre y amplió el cupo semanal a 11.900 plazas para el ingreso al país de argentinos residentes y extranjeros no residentes, en el marco de las medidas adoptadas para retrasar el ingreso al país de la variante Delta del coronavirus.
De esta manera, por medio de la decisión administrativa 793/2021, firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y publicada este sábado en el Boletín Oficial, se prorroga el cierre de las fronteras vigente y se fija el cupo semanal de 11.900 plazas para el ingreso de argentinos residentes y extranjeros no residentes autorizados con excepcionalidad hasta el 1 de septiembre.
Después de esa fecha, el cupo se eleva a 16.100 plazas si se establecen nuevos corredores seguros aéreos.
La medida había sido anticipada el viernes por el jefe de Gabinete, quien precisó que, desde este sábado, "se amplía a 1.700 personas por día" el cupo para ingresar al país, a través de "corredores seguros, articulando con las provincias" y con la fiscalización de que se haga efectivo el aislamiento obligatorio.
En conferencia de prensa en la Casa Rosada, junto a la ministra de Salud, Carla Vizzotti, Cafiero señaló que el ingreso seguirá "escalonado" y se continuará "evaluando como funciona de ese modo".
"Se va a seguir trabajando como hasta ahora, con los testeos previos a tomar el avión y al arribo y los aislamientos", señaló el jefe de Gabinete, que recordó que para los casos positivos se realizan luego "estudios genómicos" para "detectar variantes".
Según indica la norma, del total de las plazas mencionadas, 700 pasajeros podrán ser priorizados por el Estado nacional por razones de urgencia o para atender cuestiones esenciales impostergables o de representación oficial o diplomática, a los efectos de facilitar su viaje al país.
También se indica que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) dispondrá en la aprobación de las programaciones, de al menos dos horas de separación entre vuelos, para la revisión sanitaria de los mismos, y pondrá en conocimiento de la Dirección Nacional de Migraciones los vuelos aprobados con al menos 48 horas de antelación.
Además, se especifica que los gobernadores y gobernadoras podrán solicitar la apertura de nuevos corredores seguros (terrestres y/o aéreos) siempre que cuenten con protocolo aprobado por la autoridad sanitaria provincial, previendo en su caso los mecanismos de testeo, aislamiento y traslado de las muestras respectivas para la secuenciación genómica que deberá demás estar aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación.
Dentro de los nuevos corredores seguros a implementar a partir del 6 de septiembre del 2021, y según la situación de cobertura de vacunación, sanitaria y epidemiológica en origen y en destino, los gobernadores podrán proponer la implementación de una experiencia piloto de turismo limítrofe para permitir el ingreso de extranjeros provenientes de Chile y la República Oriental del Uruguay solo con esquemas completos de vacunación y cuarentena obligatoria.
En este aspecto, el Gobierno remarcó que "resulta factible promover escalonadamente flexibilidades graduales a los condicionamientos impuestos al ingreso al país", pero advirtió que eso dependerá de que "se mantengan los controles en viajeros para seguir retrasando la transmisión comunitaria de nuevas variantes".
De esta manera ratificó la exigencia de la presentación de PCR previa al ingreso a la aeronave, test al arribo al país, aislamiento en hoteles de aquellos casos positivos y cumplimiento de cuarentena por 10 días posteriores al primer testeo, y una última prueba de PCR para finalizar la cuarentena.
En los considerandos de la medida, se advierte que "el riesgo de introducción de nuevas variantes, aún más transmisibles, podría generar nuevamente un aumento brusco y elevado de casos, lo que llevaría indefectiblemente a una mayor mortalidad".
Migraciones
Por otra parte, la Dirección Nacional de Migraciones, por medio de la disposición 2097/2021, firmada por su titular, Florencia Carignano, y publicada este sábado en el Boletín Oficial, habilitó, en forma excepcional, el ingreso de extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos, y que ingresen transitoriamente a nuestro país por razones de necesidad.
En todos los casos, se tratará de extranjeros que no requieran visado en virtud de acuerdos bilaterales o medidas unilaterales que eximan de dicho requisito, siempre que las personas extranjeras autorizadas den cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones dispuestas por la autoridad sanitaria nacional.


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