ARCA habilita más depósitos fiscales para ampliar el alcance de "Exporta Simple"

Business13 de marzo de 2025 Por El Objetivo
El comunicado saldrá mañana en el Boletín Oficial. ARCA continúa con la simplificación de procesos aduaneros, al tiempo que busca impulsar y dinamizar las ventas externas de las micro, pequeñas y medianas empresas.
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Las MiPyMes podrán contar con más lugares operativos desde donde enviar sus exportaciones y disminuir costos logísticos.

Desde ahora, dentro del régimen “Exporta Simple” podrán utilizarse los depósitos fiscales que cuenten con elementos de control no intrusivo.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió el universo de establecimientos que pueden utilizarse para almacenar mercadería y su posterior traslado en el marco del régimen de Exporta Simple. 

Por medio de la Resolución General 5664/2025 –que será publicada en las próximas horas en el Boletín Oficial- el organismo instrumentó que todos los depósitos fiscales que posean elementos de control no intrusivo -escáneres- podrán ser utilizados para operaciones de exportación simplificada.

De esta manera, y en línea con la política del gobierno nacional, ARCA continúa con la simplificación de procesos aduaneros, al tiempo que busca impulsar y dinamizar las ventas externas de las micro, pequeñas y medianas empresas. 

Hasta ahora, el único depósito fiscal habilitado para tal fin era Terminales de Cargas Argentinas (TCA) del Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini de Ezeiza. Con esta modificación, las MiPyMes podrán contar con un mayor número de lugares operativos desde donde enviar sus exportaciones y lograr disminuir costos logísticos.

Al mismo tiempo, la Resolución aclara que los “Operadores Logísticos del Régimen Exporta Simple” podrán exportar por todas las vías, ya sean terrestre, marítima o aérea.

Sobre Exporta Simple El régimen de Exporta Simple fue creado con el objetivo de facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía con fines comerciales y así impulsar el desarrollo de nuevos mercados para las micro, pequeñas y medianas empresas. El monto anual de facturación de estas exportaciones debe ser igual o inferior a los USD 600.000 de valor FOB por sujeto. (NA)

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