La oposición no pudo convertir en ley el régimen de DNU y vuelve al Senado

En un marco de confusión general, la oposición no pudo convertir en ley el nuevo régimen de decretos de necesidad y urgencia, lo cual le dio un pequeño respiro al Gobierno, aunque el Senado podría insistir con la media sanción en una próxima sesión.
Si bien la oposición obtuvo una mayoría holgada en la votación en general, con 140 votos a favor, 80 en contra y 17 abstenciones, y parecía que terminaba la jornada descorchando con un nuevo cachetazo al Gobierno, todo se complicó cuando se votó en particular.
El artículo 3 de la reforma a la ley 26.122, que establecía un plazo de vigencia de 90 días a los decretos, dándole ese período tiempo al Gobierno para lograr la convalidación en las dos cámaras, salió rechazado porque no superó el umbral de los 129 votos positivos (mayoría absoluta). Quedaron a apenas dos votos, con 127 positivos, 90 negativos y 17 abstenciones.
Para convertirse en ley era necesario que la totalidad de los artículos quedaran ratificados tal como vinieron del Senado.
Con la modificación propuesta, según lo que se votó en el Senado, los DNU tendrían una vigencia de tres meses desde su publicación en el Boletín Oficial, y el oficialismo tendría ese plazo para conseguir su convalidación en los plenos de ambas cámaras de modo tal que los efectos jurídicos de esos decretos queden en pie una vez transcurrido ese período.
A la inversa, la oposición ya no necesitaría mayorías en ambas cámaras para derribar los decretos y le bastaría con rechazarla en una sola para derogarlos.
En caso de que los decretos sean derogados, el Poder Ejecutivo no podría disponer un decreto que verse sobre la misma materia hasta el siguiente año parlamentario.
Además, con la reforma planteada quedaría prohibido que un mismo decreto verse sobre más de una materia, algo que sucedió, por ejemplo, con el mega DNU 70/2023.