Sociedad Por: El Objetivo04 de noviembre de 2020

AUH: requisitos para acceder a la Asignación Universal por Hijo

Los padres o madres de más de cinco hijos podrán cobrarla por una cantidad ilimitada de hijos.
AUH: ya no habrá un límite de hijos para percibirlo

El Gobierno estableció que ya no hay límite de cantidad de hijos para cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH). 

través del decreto 840/2020 del Boletín Oficial se modificó el artículo 14 bis de la Ley Nº 24.714, el cual fijaba que la "prestación se abonará por cada menor acreditado por el grupo familiar hasta un máximo acumulable al importe equivalente a CINCO (5) menores".

De esta manera, los padres o madres de más de cinco hijos podrán cobrar la AUH por una cantidad ilimitada de hijos.

En sus considerandos el decreto cita "la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social" y la pandemia.

Cuando se trate de una "persona con discapacidad y sus progenitores o las personas que los tengan a cargo sean extranjeros o extranjeras, deberán acreditar que tanto la persona con discapacidad como él o la titular que percibirá la Asignación, dos años de residencia legal en el país".

Además, se deberá "acreditar la identidad del o de la titular del beneficio y de la niña, del niño, adolescente y/o persona con discapacidad, mediante Documento Nacional de Identidad (DNI)".

En el Decreto, se especificó también que se deberá "acreditar que la persona que percibirá el beneficio tiene a su cargo a la niña, al niño, adolescente y/o persona con discapacidad, en función de las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y de conformidad con la documentación que la Administración Nacional de la Seguridad Social disponga a estos fines".

En otro de los puntos, precisó que la "la condición de discapacidad será determinada en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 22.431, certificada por autoridad competente".

En el nuevo reglamento vigente, se solicita que "hasta los 4 años de edad -inclusive-, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio".

Mientras que "desde los 5 años de edad y hasta los 18 años, deberá acreditarse además la concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes obligatoriamente a establecimientos educativos públicos".

Por último, las personas que buscan obtener este subsidio deberán "acreditar que él o la titular del beneficio y la niña, el niño, adolescente y/o persona con discapacidad residen en el país".

 

 

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