Sociedad Por: El Objetivo28 de septiembre de 2023

Seguro obligatorio para motos: ¿Cuándo empieza a funcionar?

La medida fue tomada con el objetivo de que las motocicletas cuenten con el seguro vigente antes de ser liberadas al tránsito y circulen en la vía pública por primera vez, tal como establece el artículo 68 de de la Ley Nacional de Tránsito.
Ninguna moto nueva podrá circular si no tiene el seguro contratado antes de salir de la concesionaria. Foto: archivo

Los concesionarios y comercios de motos de todo el país deberán implementar y gestionar el Formulario Digital Motocicletas 0KM - Seguro Obligatorio Anual, a partir del próximo 9 de octubre.

La medida fue tomada con el objetivo de que las motocicletas cuenten con el seguro vigente antes de ser liberadas al tránsito y circulen en la vía pública por primera vez, tal como establece el artículo 68 de de la Ley Nacional de Tránsito.

La herramienta fue creada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA).

El director ejecutivo, Pablo Martínez Carignano, manifestó: "En los próximos días ninguna moto nueva podrá circular por las calles si no tiene el seguro obligatorio contratado antes de salir del concesionario".

"Esto es algo que sucede hace muchos años con los autos y que por algún motivo nunca se hizo con las motos. Con esto, el objetivo de la ANSV es modificar una vieja práctica para continuar construyendo una nueva cultura vial para todos los argentinos", agregó.

Por el lado de los usuarios, la ANSV trabajará en conjunto con Cruz Roja Argentina para realizar un seguimiento, ofrecer asistencia técnica e información de concientización vial a todos los compradores que adquieran una moto cero kilómetro y gestionen el seguro.

A su vez, el comprador tendrá la opción de elegir la póliza de seguro que se ajuste a sus necesidades.

La normativa, comunicada por el organismo del Ministerio de Transporte a través de la disposición ANSV 544/2021, también será obligatoria para el trámite de patentamiento de motocicletas 0 km ante la DNRPA.

¿Cómo deben hacer los concesionarios y comerciantes?

El concesionario o comerciante de motocicletas cero kilómetro deberá darse de alta ante la ANSV como punto de venta enviando la información solicitada a la dirección de mail: cra.ec@cruzroja.org.ar.

Una vez recibida la información será procesada y se dará de alta como punto de venta habilitado para emitir el formulario.

Una vez habilitado el punto de venta, se deberá registrar al personal autorizado para gestionar el formulario digital. Es un trámite ágil y sencillo en línea que se efectúa ingresando e iniciando sesión en: https://formulariomotos.seguridadvial.gob.ar/login.

El personal autorizado por el punto de venta estará habilitado para gestionar el formulario de manera digital ingresando e iniciando sesión en la dirección mencionada en el punto anterior, donde deberá seleccionar nuevo trámite y completar los datos requeridos de la moto vendida, del usuario y del seguro.

También emitirá una boleta de pago que, luego de ser abonada, generará un número de formulario.

Finalmente deberá incorporar el número de formulario en el trámite de patentamiento de la moto 0 km en el campo establecido. (NA)

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